Gobierno eleva beneficios fiscales a pymes y parques industriales

Inversión. Decreto modifica beneficios de ley de promoción desde febrero

 20120110 600x357

MARCELA DOBAL

El nuevo régimen de promoción de inversiones recién aprobado da exenciones fiscales adicionales a usuarios de parques industriales y a pymes. Empresas que se postularon el último mes o en los próximos tres podrán optar por el régimen anterior.

Tras más de medio año encajonado, el decreto que modifica la reglamentación (que regía desde 2007) de la ley de promoción y protección de inversiones fue firmado y divulgado ayer con la firma del Presidente, José Mujica, y de los ministros de Economía, Trabajo, Industria, Ganadería y Turismo.

Las cámaras del sector industrial y del comercio y servicios evaluaron los cambios como positivos, aunque el tema no fue analizado en profundidad aún por sus técnicos. Solo entre enero y noviembre de 2011 la inversión con recomendación para ser promovida alcanzó a los US$ 1.242 millones.

El objetivo del gobierno es "adecuar las exigencias" sobre las externalidades a las que se comprometen las empresas beneficiarias, "eliminando indicadores de difícil control, incorporando el concepto de calidad de empleo, redefiniendo los indicadores de descentralización y de incremento de las exportaciones, ampliando el concepto de innovación, considerando las exportaciones indirectas generadas por los productores agropecuarios e incorporando indicadores sectoriales", según los considerandos del decreto.

Allí también se entiende que los parques industriales tienen "una potencialidad de desarrollo aún no aprovechada, por lo que corresponde otorgar beneficios adicionales a los de carácter general a efectos de desarrollar dicha capacidad.

Por esto, los usuarios de parques industriales podrán incrementar "en un 15%" el puntaje total de exoneración fiscal obtenido en la matriz de indicadores que aplicará para puntuar cada proyecto. "Adicionalmente, dichas empresas dispondrán de un crédito fiscal por los aportes patronales asociados a la mano de obra incluida en el proyecto promovido durante un período de 5 años", dice el artículo 21º.

El vicepresidente de la Cámara de Industrias, Gabriel Murara, dijo ayer a El País que la medida es "muy buena". Destacó su importancia en tiempos en que existen "problemas importantes de competitividad" -por baja del dólar y suba de costos- y que se enfrentan trabas al comercio regional. "Alivia un poco la situación", afirmó.

A su vez, el decreto expresa la necesidad de estimular a las micro y pequeñas empresas "a efectos de que puedan desarrollar su máximo potencial productivo, incrementando los beneficios fiscales que reciban".

En ese sentido, el artículo 20° establece que las micro y pequeñas empresas que presenten proyectos de inversión por hasta 3,5 millones de Unidades Indexadas (hoy $ 8,13 millones) "podrán optar entre obtener un porcentaje adicional de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) o aplicar un régimen simplificado de evaluación". Los requisitos y porcentajes de exoneración para acogerse al incentivo adicional los fijará la Comisión de Aplicación de la ley de inversiones.

El gerente de la Cámara de Comercio, Claudio Piacenza, dijo a El País que "todo lo que sea simplificar trámites" es un "espaldarazo inicial" para los emprendimientos y genera mayor eficiencia y productividad. Murara destacó como positiva esa opción, que fue un reclamo de la CIU, ya que las firmas de menor porte "son a las que más les cuesta realizar trámites, que son burocráticos y pesados".

El Ejecutivo consideró necesario modificar la metodología de evaluación de los planes de inversión y optimizar las ponderaciones de los indicadores de la matriz de objetivos. Los indicadores para evaluar los proyectos serán: generación de empleo, descentralización, aumento de exportaciones, utilización de tecnologías limpias, incremento de investigación y desarrollo e innovación e indicadores sectoriales.

VIGENCIA y beneficio. El nuevo régimen comenzará a aplicarse para los proyectos presentados a partir de su publicación. No obstante, las empresas que hayan presentado planes de inversión en los 30 días anteriores a la publicación de este decreto o aquellos que lo hagan hasta los 90 días posteriores "podrán optar, expresándolo por escrito, por el nuevo régimen que se reglamenta en el presente decreto o por el último vigente antes de la publicación de éste", de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º.

Las inversiones previstas en los proyectos que podrán ser computables para obtener los beneficios "serán las realizadas a partir de los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud", según el artículo cuarto del decreto.

Además de la exoneración del IRAE (nunca menor a tres años), el régimen habilita exenciones al Impuesto al Patrimonio, tasas y tributos de importación e Impuesto al Valor Agregado. El IRAE exonerado "no podrá exceder el 100% del monto efectivamente invertido" ni "el 60% del impuesto a pagar para los ejercicios comprendidos en la declaratoria promocional".

Abarca compra de bienes

La inversión comprendida en el régimen de beneficios fiscales es la adquisición de diferentes bienes "destinados a integrar el activo fijo o intangible". Es el caso de los vehículos para la actividad de la empresa ("excluidos los vehículos no utilitarios y los destinados a la casa habitación"), la realización de mejoras fijas, los "bienes incorporales que determine el Poder Ejecutivo", los plantines y los costos de implantación de "árboles y arbustos frutales plurianuales" (el primer año del cronograma de inversiones). Los bienes "deberán mantenerse" durante su vida útil o 10 años si su vida útil es mayor.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar