Devolución de cuota hipotecaria retroactiva

Sería a partir de enero de 2012 según proyecto

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley para hacer "ajustes" a la iniciativa sobre cambios tributarios que está a estudio de la Comisión de Hacienda de Diputados. Esto surge "del intercambio de opiniones y de las sugerencias efectuadas" en esa comisión cuando concurrió el ministro de Economía, Fernando Lorenzo.

Una de ellas refiere a poner fecha de vigencia a la posibilidad de deducir del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) el pago de cuotas de créditos hipotecarios. El proyecto original preveía que entrara a regir una vez aprobada la ley. El texto modificativo establece que será "para cuotas" pagadas "a partir del 1° de enero de 2012", es decir que será retroactivo. El descuento será por "los montos pagados en el año por cuotas de préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda única y permanente del contribuyente" y "siempre" que el costo de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (UI). Esto equivale a un inmueble de $ 1.840.047, que son unos US$ 93.400. El "monto total deducible" por este concepto "no podrá superar las 36.000 UI anuales", se indica. Eso equivale a 3.000 UI al mes que al valor de hoy representan $ 6.956. El monto efectivo que se podrá descontar del IRPF será de unos $ 695, ya que a la deducción se le aplican las franjas del tributo para determinarla.

Lo otro, es que se "faculta" al Poder Ejecutivo a devolver el IVA en las compras realizadas por beneficiarios de asignaciones familiares y tarjeta Mides con otros ingresos que no sean los de esas prestaciones.

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