El diputado Alfredo Asti (Asamblea Uruguay) presentó a nivel del Frente Amplio un proyecto de ley para que el Estado se apropie de inmuebles abandonados.
El texto borrador del proyecto al que accedió El País establece en su artículo 1° que el Estado "a través de los ministerios, agencias especializadas o gobiernos departamentales y en defensa del interés general, necesidad o utilidad pública podrá solicitar a la Justicia la declaración formal de inmueble abandonado". Será considerado inmueble abandonado, aquel cuyos "propietarios no cumplan por un plazo prolongado no inferior a un año, que haga presumir el desinterés o imposibilidad de cumplir, sean cuales sean las razones, con los deberes territoriales previstos por el artículo 37 de la Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y con el artículo 2 de la ley 16.466 de Medio Ambiente".
Cuando el Tribunal competente dicte sentencia definitiva declarando el abandono del inmueble, el ente estatal podrá solicitar la puesta en posesión para la rápida reutilización del bien para sus fines específicos.
Una vez transcurrido el plazo previsto se podrá solicitar la vacancia o la expropiación a favor del Estado. Transcurrido cinco años desde la fecha en que esté firme la declaración de abandono, el bien podrá ser declarado vacante con los efectos de los artículos 481 y 482 del Código Civil. Según el proyecto, se declara de interés general "el uso social de los bienes inmuebles que contribuyan a la salud, seguridad o calidad de vida de la población, a las condiciones estéticas, culturales o sanitarias del medio y todas las acciones necesarias tendientes a facilitar el uso social de los mismos".
Los bienes expropiados podrán ser destinados a Mevir, al Instituto Nacional de Colonización y los inmuebles con destino de construcciones industriales o comerciales podrán emplearse para proyectos productivos a cargo del Ministerio de Industria.