DANIEL ISGLEAS
El catedrático de filiación frenteamplista Alberto Pérez Pérez sostuvo que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos vale más que los pronunciamientos que ratificaron la ley de Caducidad.
A pocas horas de que se trate en el Parlamento el proyecto del Frente Amplio sobre la imprescriptibilidad de los delitos cometidos en la dictadura (1973-1985), el constitucionalista Pérez Pérez planteó en la comisión del Senado que la jurisprudencia emanada de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA es clave y que los dos pronunciamientos populares que ratificaron la ley de Caducidad en 1989 y 2009 -"ni aunque hayan sido por la unanimidad del pueblo"- no tienen tanta jerarquía y que las disposiciones de la Convención Interamericana, que fue el órgano que presentó la demanda contra el Estado uruguayo por el caso Gelman, están "por encima del orden jurídico interno" de los países.
Pérez Pérez, jurista que integra la CIDH y está vinculado políticamente al Frente Amplio, opinó en un sentido opuesto a sus cinco colegas consultados el jueves 20 por la comisión del Senado. Ese día concurrieron los juristas Martín Risso, Milton Cairoli, Alejandro Abal Oliú, Gonzalo Aguirre y Augusto Durán Martínez.
Según participantes de la sesión de la comisión, Pérez Pérez sostuvo que la sentencia de la CIDH "se impone a cualquier norma de derecho interno", y que la ley de Caducidad "no tiene más efecto jurídico". Agregó que cualquier órgano del Estado debe aplicar la sentencia de la CIDH y desconocer las disposiciones de la ley de Caducidad.
El colorado Ope Pasquet (Vamos Uruguay) respondió que eso "es contradictorio" con los principios procesales, según los cuales la sentencia de la CIDH tiene efecto para el caso que se dicta (en este asunto el de Gelman) y entre las partes.
Pérez Pérez leyó artículos del Pacto de San José de Costa Rica en cuanto a que las sentencias de la Corte Interamericana "son inapelables y obligatorias" para los Estados, e insistió que ninguna norma del derecho interno puede oponerse a una sentencia de la CIDH.
Pasquet respondió que eso es decir que la Corte "tiene poderes muy amplios", y una tesis que solo se apoya en "normas genéricas", lo cual consideró que "no es suficiente respaldo" para esas conclusiones.
"Uruguay nunca aceptó una jurisdicción tan amplia", recordó Pasquet.
Con respecto a la retroactividad, aspecto considerado inconstitucional por cinco juristas que concurrieron a la comisión del Senado el jueves 20, Pérez Pérez afirmó que los plazos de prescripción no tienen fundamento constitucional. "Usted dice que la sentencia de la Corte es el dos de la muestra, que mata cualquier figura legal interna", interrumpió Pasquet. Y agregó que muchos juristas consideran que como dice la Constitución y establece el Código Penal no puede haber normas penales retroactivas en perjuicio de los imputados.
Pasquet también citó el Pacto de San José, suscrito por Uruguay y ratificado por el Parlamento en 2002, el que establece que no puede haber retroactividad en las normas.
Pérez Pérez dijo que no era así, y que ese pacto no impedía que se abreviaran los plazos de prescripción ni declarar imprescriptibles algunos delitos.
Más adelante, Pérez Pérez dijo que la ley de Caducidad es contraria al Pacto de San José y que para que la CIDH llegue a esa conclusión no tienen nada que ver los crímenes de lesa humanidad.
Pasquet le dijo entonces que siguiendo su razonamiento de que no se puede amnistiar delitos graves, "tan nula" como la ley de Caducidad sería la que amnistió a los tupamaros, "porque en esos casos también hubo delitos graves y muchos casos nunca investigados".
Antecedentes
2 de agosto de 2005
Batallón 14
Caso Gelman
El secretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández, y el jefe del Ejército, Angel Bertolotti, muestran a Macarena Gelman el lugar donde estaría enterrada su madre, María Claudia García, desaparecida en 1976. No se encontró nada.
29 de noviembre de 2005
Chacra militar en Pando / Ubagesner Chaves Sosa
Obrero metalúrgico y militante del Partido Comunista. Sus restos fueron los primeros hallados de un detenido desaparecido en dictadura. Chaves Sosa había sido detenido el 28 de mayo de 1976. Dos informes, uno de la Dirección Nacional de Policía Técnica y otro de un laboratorio de Córdoba, confirmaron la identidad.
2 de diciembre de 2005
Batallón 13
Fernando Miranda
Miranda era escribano y militante del Partido Comunista. Desapareció en 1975. Dos informes, uno de la Dirección Nacional de Policía Técnica y otro de un laboratorio de Córdoba, confirmaron la identidad.