El Ministerio de Salud Pública (por el Banco Nacional de Sangre) y el Ministerio del Interior (por el Hospital Policial) deberán afrontar una demanda judicial iniciada por la familia de una niña de 9 años que fue infectada con el virus del Sida mediante transfusión de sangre, luego de ser intervenida en el Policial, el 23 de noviembre de 2009. La familia reclama ahora un resarcimiento económico por daño emergente y moral, que supera los US$ 900.000 y el abogado defensor ya presentó demanda contra ambos ministerios.
Daniela, de 9 años (al momento de la infección tenía 7) jugaba en su casa junto con sus hermanos, cuando por accidente se cayó de su cama, se golpeó contra una ventana y se cortó con un vidrio bajo la axila. De forma inmediata, sus padres la trasladaron al Hospital Policial y allí fue rápidamente a block quirúrgico, donde fue intervenida durante cinco horas. En la operación le fue reparada la arteria y los tendones cortados por el vidrio, y se le realizó una transfusión de sangre, debido a la pérdida de sangre.
Si bien fue dada de alta sin problemas, meses después la familia recibe una llamada del Hospital Policial para convocarlos a una reunión. Allí le solicitan permiso a los padres para realizarle la prueba de H.I.V. a la niña, bajo la justificación esgrimida de querer saber cómo su cuerpo había tolerado la sangre transfundida.
A los días, se convoca nuevamente a la familia, pero esta vez en el servicio de Enfermedades Infecciosas del Hospital Pereira Rossell. En esa oportunidad le explican a los padres que la niña contrajo H.I.V. y que el mismo fue adquirido por transfusión.
"La familia desde entonces no encuentra consuelo y son plenamente conscientes que Daniela, su niña, adquirió una enfermedad crónica, de la que no se conoce cura. Enfermedad cuyas consecuencias desconoce Daniela quien aún no es capaz de comprender cabalmente el virus que se desarrolla en su cuerpo, aunque como todo niño realiza muchas preguntas", expresó Javier Simonetti, el abogado defensor de la causa.
Según Simonetti se hizo un solo análisis de la sangre y no se esperó un tiempo prudencial para transfundir, lo que califica como un comportamiento diligente. "Como consecuencia podemos afirmar que no se hizo todo lo razonablemente posible para asegurar que la sangre ha sido transfundida sin contaminación", remató el abogado.