El Poder Ejecutivo aprobó un decreto por el que se retendrá más Impuesto a la Renta de las Personas Físicas por mes para así evitar el impacto de una retención alta cuando se cobra el aguinaldo.
El régimen comenzará a regir a partir del 1° de agosto, según el decreto por el que no se atenuará el efecto en el medio aguinaldo que se cobra en junio.
Según el Poder Ejecutivo, "la aplicación de los regímenes de anticipos y retención previstos" en las normas que reglamentan el IRPF "han provocado impactos significativos sobre los salarios en los meses en que debe computarse el sueldo anual complementario", también conocido como aguinaldo.
Por ello "es conveniente ajustar a partir de determinado nivel salarial el monto de los anticipos y retenciones, a los efectos de atenuar el referido impacto", indica el decreto.
Este mecanismo había sido adelantado por el ministro de Economía, Fernando Lorenzo y el director general de Rentas, Pablo Ferreri a una delegación de la central sindical Pit-Cnt en una reunión mantenida el pasado 26 de abril.
"La idea es que para diciembre de este año no haya saltos grandes no solo de monto (de IRPF retenido) sino de franja", afirmó Ferreri a El País en dicha oportunidad.
Este decreto era un viejo reclamo del Pit-Cnt desde que se reimplantó el IRPF en julio de 2007.
El coordinador de la central sindical, Juan Castillo coincidió en que esto servirá "para que no se acumule el aguinaldo con el salario de diciembre".
El esquema definido en el decreto establece que cuando las rentas del trabajo mensuales "excluido el sueldo anual complementario" superan las 10 Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) -esto es un salario nominal de $ 22.260-, para calcular el anticipo se incrementarán esas rentas en 6%.
Eso busca determinar una retención levemente mayor mes a mes, en vez de un ajuste fuerte -y por tanto más pago de IRPF- cuando se cobra el aguinaldo.
MÍNIMO. En la reunión con el Pit-Cnt, el ministro Lorenzo también transmitió que habrá una suba gradual del mínimo no imponible del IRPF.
Esto necesita de un proyecto de ley que será enviado al Parlamento luego de la Rendición de Cuentas y por tanto comenzará a regir a partir del 1° de enero de 2012.
Ese aumento gradual, será teniendo en cuenta la variación del salario real (la variación del salario promedio menos la inflación) en cada año hasta llegar a una BPC más.
Según la variación del salario real proyectada para los próximos años por el Ministerio de Economía y Finanzas, a aumentar una BPC se llegaría entre los próximos tres y cinco años. Una vez completado ese incremento gradual, el mínimo no imponible del IRPF pasará a ser de $ 17.808 de acuerdo al valor actual de la BPC, el cuál a su vez se eleva cada año.
Actualmente, el mínimo no imponible del IRPF alcanza a $ 15.582.
El aumento en el mínimo no imponible de este tributo también era un reclamo del Pit-Cnt.