Seguimos dudando de si el país está bien defendido en los ámbitos internacionales. O si bajo la amenaza de sanciones por parte de determinadas organizaciones que integra -a veces ni siquiera eso-, la izquierda gobernante hace y logra lo que quiere. Un ejemplo es el proyecto de "flexibilización" del secreto bancario, el cual la única novedad que aportaba era la creación de un Juzgado especializado y un procedimiento especial para el secreto tributario, que quedó sólo en esto último.
Todo lo demás que se está presentando como si fuera una innovación, ya está contemplado en una cabal interpretación del artículo 25 del la Ley original en la materia que tiene una vigencia de casi treinta años.
Un abogado con dominio del tema, podría lucirse ante la OCDE demostrándole que nuestra legislación no es, ni nunca fue, un obstáculo para que la información que se necesita para combatir al delito sea proporcionada.
Siempre que se pida de acuerdo a los procedimientos de cooperación judicial internacional.
Ahora vamos por el tercer intento de eliminar la Ley de Caducidad, cuyo contenido e historia son conocidos. El primero fracasó en un plebiscito de referéndum en el año 1989. Fue una tentativa respeta- ble porque al fin y al cabo se utilizó un procedimiento de impugnación a ley previsto por la Constitución. El segundo intento ya tradujo una finalidad de hacer malabarismos con el derecho, al proponerse conjuntamente con las elecciones del año 2009 una reforma constitucional que "anulaba" la Ley, una ficción absurda al dar efecto retroactivo a su desaparición del orden jurídico, haciendo como que si su existencia y aplicación por más de un cuarto de siglo no hubiera ocurrido nunca.
El pueblo intuyó que algo raro había, y en definitiva, no se consiguió el porcentaje requerido para que la reforma prosperara.
Ahora estamos ante el tercer intento, que no sabemos concretamente quién lo impulsa, pero seguramente han de ser los mismos de siempre. Se trata en suma de sancionar una ley que se pretende que sea declarativa, porque el texto comienza con la expresión "declárase" como si las fórmulas retóricas hicieran a la naturaleza de las cosas, cuando las cosas son lo que son y no lo que con palabras se quiere que sean.
Entonces se "declara" que los artículos tales y cuales de la ley son inconstitucionales, por lo cual "no son aplicables". Así nomás, sin anestesia. Es una grosería jurídica demasiado evidente que un Poder Legislativo se considere facultado para declarar inconstitucional una ley -lo cual es competencia privativa y excluyente de la Suprema Corte de Justicia- y todavía con efecto retroactivo y general.
Eso no existe en ninguna parte del mundo.
El oficialismo quiere sacar esta ley a tambor batiente argumentando que una comisión internacional ante la cual la nieta del Sr. Gelman denuncia a Uruguay por violar los derechos humanos e impedir por esta ley que se averigüe en dónde están los restos de su madre, podría sancionar al país. Pero si así fuera -que difícilmente pudiera serlo oponiéndose a la demanda una defensa en serio y bien plantada- no puede existir una Corte ni nada parecido en el mundo, que dicte una condena a un Estado porque se niegue a admitir decir que lo que fue en los hechos, no fue. Es elemental.
Entonces, o la señora accionante se presenta ante nuestra Corte de Justicia e impugna la ley por inconstitucional -que es el único recurso jurídicamente civilizado a su alcance-, o nuestros legisladores derogan la ley, pero entonces para el futuro.
Hay legisladores frenteamplistas con título de abogado, que saben que lo que plantean no sólo no se puede hacer, sino que el papelón a que se expondría a Uruguay por este mamarracho, sería irreparable, sin perjuicio de la peligrosidad del antecedente.
A su cordura y cultura apelamos para no dejar- nos ante el mundo como una republiqueta de la peor especie.