Alianza Nacional tiene casi finalizado el proyecto de ley interpretativo para rehabilitar los procesos penales clausurados por la derogación del Artículo 76 de la Ley 2.230, que determinó la anulación de los antecedentes penales para los hermanos Peirano.
"Está prácticamente está terminado. Faltan algunos retoques desde el punto de vista jurídico", dijo a EL PAÍS digital el senador blanco Eber Da Rosa, quien añadió que el proyecto se diseña bajo el asesoramiento de varios juristas.
La iniciativa contará con "dos o tres artículos", señaló el legislador, e ingresará al Senado este miércoles o "jueves a más tardar", afirmó.
Una vez en la Cámara alta, comenzará el trámite legislativo, que, según Da Rosa, puede tener "buena perspectiva".
"Yo no encuentro a nadie con una posición cerrada para mantener la estricta vigencia de la derogación del Artículo 76, tal como está previsto en la ley derogante (del año 2008)", explicó el senador. "Creemos que es un camino válido para tratar de enmendar la situación", agregó.
Cabe recordar que la derogación del Artículo 76 de la Ley 2.230 tiene en el centro de la polémica al ex secretario de la Presidencia y ministro de Relaciones Exteriores y Defensa de Tabaré Vázquez, Gonzalo Fernández. Hay una comisión investigadora en el Frente Amplio, que analiza si hubo algún tipo de involucramiento del ex jerarca y si éste faltó o no a la verdad ante el Parlamento, cuando se enfrentó al senador aliancista Sergio Abreu, que lo acusó de "autor intelectual" de aquella maniobra legislativa.
Por su parte, el senador Carlos Moreira dijo días atrás a EL PAÍS digital que esta iniciativa estaría "remediando" la derogación de ese artículo. "Cuando la ley derogante se aplica había imputación de otros delitos, entonces en este caso se declara por ley interpretativa la reanudación de los procesos penales" y no se clausuran los antecedentes penales de los hermanos Peirano, por el vaciamiento del Banco de Montevideo.
Los ex directores del Grupo Velox fueron imputados por los delitos de insolvencia societaria fraudulenta, asociación para delinquir, revocados en segunda instancia por el Tribunal de Apelaciones, además del delito previsto en el artículo derogado.