La Comisión Multipartidaria de Energía se puso de acuerdo en que es importante que se estimule el uso doméstico de paneles solares para la generación eléctrica y que, para ello, es necesario que se desarrollen "políticas crediticias para el acceso de los hogares a estos equipamientos", informó Presidencia de la República.
La Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear (Dnetn) trabaja en la reglamentación de la Ley 15.585, que fuera aprobada en setiembre de 2009 y que "declara de interés nacional la investigación, el desarrollo y la formación en el uso de la energía solar térmica".
Esta dirección "estudia distintas alternativas crediticias y asimismo, trabaja en la reglamentación de la Ley 15.585".
Según lo establecido el artículo 3 de la Ley 15.585 desde marzo de 2010, "los permisos de construcción para centros de asistencia de salud, hoteles y clubes deportivos en los que su previsión de consumo para agua caliente involucre más del 20% del consumo energético total, sólo serán autorizados cuando incluyan las instalaciones sanitarias y de obras para la incorporación futura de equipamiento para el calentamiento de agua por energía solar térmica".
En una segunda etapa, a partir de setiembre de 2011, aumentarán las exigencias para los permisos de construcción para los edificios destinados a estas funciones. La ley establece que deberán contar con equipamientos que permitan que al menos un 50% del calentamiento del agua se realice mediante energía solar térmica.
Para el aprovechamiento de la energía solar existen dos vertientes claramente diferenciadas. Una es la energía solar térmica, que transforma la energía solar en calor, el cual se acumula en agua caliente. La otra vertiente consiste en la conversión de energía solar en electricidad.
Según estudios de la Dnetn las inversiones en energía solar térmica se amortizan en cinco años, y los equipos tienen una duración de 20 años.