Tres preguntas a Cristina Mangarelli. Abogada Laboralista

"Procesamiento incide pero es independiente"

La abogada especialista en Derecho Laboral dijo que la figura de la "notoria mala conducta" no se asocia con lo resuelto a nivel de la Justicia Penal

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¿Qué implica el concepto jurídico de notoria mala conducta desde el punto de vista del Derecho Laboral?

La notoria mala conducta la debe configurar el juez laboral tomando en cuenta los hechos del despido, el cargo del trabajador y otras circunstancias, como la antigüedad. En estos casos, la persona despedida no tiene derecho a despido ni aguinaldo, salvo que un juez concluya que no se configuró esa causal.

2

¿Tiene relación la aplicación de la notoria mala conducta con la realización de un proceso judicial penal?

La notoria mala conducta se configura en forma independiente a la resolución judicial penal. Por eso es que un juez penal puede entender que no hay mérito para disponer el procesamiento de un trabajador, pero a nivel de la Justicia Laboral se puede entender que existió notoria mala conducta.

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¿Tampoco tendría incidencia un procesamiento para establecer la existencia de notoria mala conducta?

Si existe procesamiento seguramente eso puede incidir en la configuración de la notoria mala conducta, pero si no, la actuación penal no tiene mayor vinculación con esta situación. Este tipo de casos no son muy habituales, pero se ha registrado, y se trata de situaciones que tienen distintas vías de solución.

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