Las reparticiones públicas no podrán gastar por encima de lo presupuestado y si se exceden sus responsables serán pasibles de multas o pesadas devoluciones de lo gastado en exceso, de aprobarse un proyecto presentado en el Parlamento por el diputado nacionalista Sergio Botana.
La iniciativa, con puntos en común con un proyecto de Regla Fiscal presentado en abril por la bancada colorada de Diputados, también propone la creación de un fondo donde acumular eventuales excedentes de ingresos tributarios para aplicar en etapas de contracción de la economía.
El proyecto de Botana (que deja su banca para asumir como intendente de Cerro Largo), contó con asesoramientos del ex fiscal Enrique Moller, del economista Javier De Haedo y del jurista Carlos Delpiazzo.
Los jerarcas públicos "no podrán ordenar gastos que no estén financiados por recursos disponibles en caja, caja de ahorros, depósitos bancarios a la vista o a plazo con fecha cierta de vencimiento anterior al vencimiento de la obligación que se contrae", se establece en la norma, que incluye también restricciones a inversiones que impliquen pasivos no corrientes con pago de intereses. Además, éstas deberán contar, con una "justificación institucional, ambiental, técnica y económica de la misma, así como de un estudio de impacto fiscal previsto".
La norma apunta a poner un tope al gasto, situado en el 125% del promedio de la recaudación de los últimos cinco años actualizada por el índice de precios al consumo.
En años en los que la recaudación sea superior al máximo de gasto autorizado, el excedente irá a un Fondo de Estabilidad Fiscal, que podrá ser utilizado cuando el nivel de la recaudación se sitúe por debajo del 80% del promedio de los últimos cinco años actualizados por el índice de precios al consumo". Adicionalmente, si se mantienen los excedentes se aplicarán al pago de deuda externa del país.
El proyecto de Botana establece también que el Estado no podrá ser garante de obligaciones sin autorización expresa de una ley. El proyecto establece penalizaciones para los ordenadores de gastos que excedan los límites o incurran en actos u omisiones dolosas o culposas que generen perjuicio al Estado. Incluso, si el Estado es judicialmente condenado el jerarca responsable deberá demostrar la inexistencia de responsabilidad de su parte en los hechos.
Se establece una multa mínima de 100 UR (cien Unidades Reajustables) "y hasta un máximo del total del gasto ordenado u omitido con dolo o culpa" sin perjuicio de ulterioridades penales.