El Centro de Estudios Judiciales

GUSTAVO PENADÉS

Mucho más en nuestra condición de ciudadanos preocupados por la cosa pública que en la de senadores de la República y -obvio es- con el máximo respeto a la indiscutida independencia del Poder Judicial, nos inquietó la información brindada por la nota que el periodista especializado en temas jurisdiccionales, Raúl Ronzoni, escribiera en el Semanario Búsqueda del 17 de febrero pasado, acerca de algunas características del Centro de Estudios Judiciales (CEJU).

Dicho órgano, que comenzó a actuar en 1988, funciona desde 1996 en la órbita del Poder Judicial, con autonomía técnica y dependencia directa de la Suprema Corte de Justicia, que, además, designa a su Consejo de Dirección y a su Director Ejecutivo.

Sus funciones principales son diseñar, organizar y dictar cursos de posgrado para aspirantes a ingresar a la Magistratura, así como la formación continua para magistrados del Poder Judicial y la consecuente calificación de los aspirantes a integrar la Judicatura.

Según Ronzoni, un alto porcentaje de los jueces en actividad no pasa por esas instancias formativas y del otro 50 por ciento, la mitad no supera la prueba psicológica de admisión.

Este dato fue uno de los motivos de nuestras preocupaciones, dado que parece fundamental que nuestros jueces adquieran la formación indispensable para el ejercicio de tan importante función, que repercute de modo decisivo en la "vida y hacienda" de los ciudadanos.

Otro asunto inquietante que "denuncia" Ronzoni, es el hecho de que parecería que el ingreso a la docencia en el CEJU no se realiza por concurso ni en llamados abiertos a interesados en ella, sino que se hace en forma directa, a propuesta del Director Ejecutivo del Centro de Estudios. En el artículo de marras se señala que entre los docentes del CEJU no han estado nunca miembros de la Academia Jurídica de relevancia.

Por falta de pruebas y de conocimiento acabado, no podemos hacernos eco de las menciones de Ronzoni a una presunta "falta de transparencia" en el manejo del CEJU, ni de la existencia de "autoritarismo y persecución" en su conducción, pero no cabe duda que la formación de futuros magistrados es en sí una cuestión de alto interés público que obliga a una información de igual carácter.

Ese mismo interés público y la necesidad de que los cursos tengan el adecuado nivel académico, hacen que los docentes deban ser los mejores disponibles en cada una de las áreas y designados por un procedimiento predeterminado, públicamente conocido y con las garantías del debido proceso.

Como no está en nuestra forma de actuar quedar en la observación de problemas y, menos aún, en la crítica infértil, dedicaremos parte de la actividad legislativa a colaborar en los extremos señalados y nos manifestamos a las órdenes de la Suprema Corte de Justicia, si cree del caso contar con nosotros para ello.

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