El proyecto de reforma del Código del Proceso Penal (CPP) prevé que los indagados ya no prestarán declaración ante la Policía, sino que su interrogatorio primario tendrá lugar en presencia del fiscal y acompañado por su abogado defensor.
Actualmente, una persona que es detenida "infraganti delito" o por una orden de detención, es interrogada de forma preliminar en la seccional policial que tuvo a su cargo el procedimiento y recién después de esa instancia -en la que no puede estar presente su defensor- se le notifica al juez de turno la situación para que decida si ordena o no su traslado a la sede judicial.
El abogado y profesor de Derecho Penal José Luis González dijo que el anteproyecto de reforma del CPP busca que "el cometido de la Policía sea auxiliar de la Justicia en la medida que los jueces y fiscales se lo pidan".
Por eso, los indagados no podrán ser interrogados en dependencias policiales, ya que para ello se requerirá la presencia tanto del Ministerio Público y Fiscal como del abogado defensor. De igual manera, la Policía tampoco podrá efectuar rondas de reconocimiento, que deberán ser llevadas a cabo en presencia del fiscal.
ARCHIVO. Por otro lado, el anteproyecto de modificación del CPP busca brindar mayor participación a los denunciantes. En ese sentido, se prevé que en casos en que una denuncia sea desestimada por el fiscal, quien denunció el presunto delito pueda presentar más elementos probatorios e, incluso, pedir la intervención de otra Fiscalía "con el objetivo de brindar mayores garantías", dijo González.
Bajo el sistema actual, si a un denunciante le archivan el caso, solamente puede aportar nuevos elementos con el objetivo de revertir la posición del juez y del fiscal para reabrirlo.