PABLO MELÉNDREZ
En Uruguay se denuncia un caso de violencia doméstica cada 40 minutos, es decir, 35 por día. Esa alarmante cifra se ha ido incrementado año tras año y por eso tanto la Policía como la Justicia intentan buscar soluciones cada vez más rápidas y efectivas ante esta problemática, aunque, claro está, no siempre se consigue resguardar totalmente la integridad de las víctimas.
El mes pasado, el Observatorio de Criminalidad del Ministerio del Interior informó que los casos de violencia doméstica son los delitos que más se denuncian luego de los hurtos. Más aún: cada diez días una mujer es asesinada o sufre un intento de homicidio por una persona de su entorno familiar.
Pero en los últimos años se ha tornado frecuente que además de la violencia contra la mujer, también sean agredidos los hijos de la pareja.
Un caso muy particular de esas características involucró a un empresario del departamento de Paysandú, que fue denunciado por su esposa y sus hijos por las constantes agresiones de las que eran objeto por parte del jefe de la familia.
En primera instancia, la Justicia falló a favor de los denunciantes, y dispuso que el denunciado no podría concurrir a los lugares de trabajo o estudio que frecuentaran ni sus hijos ni su esposa. A su vez, fijó una pensión alimenticia de $ 10.000 para la mujer y $ 5.000 para cada uno de sus hijos.
Sin embargo, los denunciantes no quedaron conformes con esa resolución, y por ese motivo presentaron un recurso de apelación contra la sentencia. Alegaron que el monto de la pensión alimenticia establecida era insuficiente, en función del estilo de vida que llevaba la familia. Por eso, reclamaron que la pensión se fijara en $ 60.000 para la mujer y $ 20.000 para cada uno de sus hijos.
También pidieron a la Justicia que ordenara al denunciado dejar la casa que ocupaba la familia, ya que tanto la mujer como sus hijos fueron expulsados del inmueble por el hombre. Eso hizo que se vieran obligados a radicarse en la ciudad de Salto.
El Tribunal de Apelaciones de Familia que analizó el caso desestimó el pedido en relación al incremento de la pensión alimenticia planteado por los denunciantes en la apelación. Sin embargo, sí hizo lugar a la solicitud de "reintegro a la vivienda que constituía el hogar familiar".
La sala consideró que "toda la prueba allegada a la causa surge que el denunciado ejercía y ejerce violencia doméstica respecto de los denunciantes". Y ejemplo de eso fue el traslado de los denunciantes a otro departamento como consecuencia de la situación que vivían, explica el fallo.
En la denuncia se señaló que el hombre autorizó el ingreso a la vivienda de personas ajenas a la familia que hacían uso del inmueble y de los objetos personales que se encontraban dentro.
"Surge claramente que la violencia se encontraba instalada en el hogar, ella era física, psicológica, humillando a la familia menospreciándola, violando la intimidad de la familia colocando otras personas en sus dormitorios, retirando o utilizando sus efectos personales", dice el fallo. Agrega que "fundamentalmente" existía violencia patrimonial, ya que el denunciado "se ubica en una posición de poder por ser el único proveedor de la familia".
Al filo de la ley
Reintegro a la vivienda familiar
ficha
Tribunal de Apelaciones de Familia de 1° Turno.
Fecha: 20 octubre 2009.
Redactora: María del Carmen Díaz Sierra.
Firmantes: L. Bendahan y C. Baccelli.
Situación: denuncia por violencia doméstica contra un hombre. Su esposa y sus hijos reclamaron ser reintegrados a la vivienda que ocupaba la familia.
Fallo: hizo lugar al pedido, y ordenó que el hombre abandonara la casa.