GASTÓN PÉRGOLA
Con mayoría absoluta asegurada en el Parlamento -17 senadores y 50 diputados del FA- el futuro presidente, José Mujica, estará en condiciones de materializar gran parte de sus iniciativas sin la necesidad de negociar el aval de la oposición.
El panorama para Mujica en su relación con el Parlamento será similar al del actual período de Tabaré Vázquez, aunque con algunos matices generados por la nueva composición de las cámaras. En la próxima Legislatura, el Partido Nacional, por ejemplo, ya no podrá siquiera llamar a sala a los futuros ministros por no contar con un tercio de los votos. Para hacerlo deberá obtener el apoyo del Partido Colorado.
Si bien hay proyectos de ley que requieren de mayoría simple para su aprobación, la constitución prevé casos para los que es necesario el 50% más uno de los votos, y otros donde se exigen mayorías especiales (dos tercios o tres quintos de los votos de ambas cámaras).
Bajo este escenario, Mujica podrá aprobar -sin necesidad de negociar con la oposición- la ley de presupuesto quinquenal, la rendición de cuentas anual, la aprobación de tratados internacionales, pactos y convenciones, entre otros temas importantes en su función ejecutiva.
También podrá establecer o modificar impuestos, crear servicios descentralizados y hasta regular la provisión de vacantes temporales de directores de entes autónomos.
El presupuesto es de los puntos más importantes, ya que el presidente puede elaborar "sus números" pero depende siempre del aval del Parlamento para que los montos se aprueben. De no ser así, quedaría vigente el presupuesto del período anterior.
"Con la mayoría absoluta del Frente Amplio (Mujica) puede hacer prácticamente todo", graficó Martín Risso, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica (Ucudal).
LO QUE NO PUEDE. Sin embargo, hay cuestiones que Mujica no podrá resolver solamente con la ayuda de su bancada, ya que para su aprobación necesita dos tercios o tres quintos del total de votos de las cámaras, dependiendo del asunto.
Por ejemplo, según la Constitución, Mujica no podrá realizar modificaciones al régimen electoral (ley de elecciones) ni al registro cívico. Tampoco podrá crear ni eliminar entes autónomos, conceder indultos, autorizar el desafuero de los legisladores, crear nuevos departamentos, conceder monopolios a particulares o modificar el número de las cámaras.
Por su propia cuenta tampoco podrá sustituir a los miembros de la Corte Electoral ni del Tribunal de Cuentas (necesita dos tercios del total de votos de la Asamblea General).
En caso de no existir acuerdo continuarán los actuales, tal como pasó al comienzo de la actual administración de Tabaré Vázquez, luego de no pactar con la oposición.
Para designar a directores de entes autónomos y servicios descentralizados también necesitará de mayoría especial (tres quintos del total), aunque en caso de no acordar, Mujica podrá esperar sesenta días, reiterar la propuesta y designarlos por mayoría absoluta.
También estará impedido de nombrar a los miembros de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y no podrá reformar la Constitución, ya que necesita, para eso, dos tercios del total de componentes de cada cámara.
Sin embargo, con su mayoría absoluta podrá promover la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, cuyos miembros deberán ser elegidos por el pueblo.
La nueva composición de las cámaras le permite a Mujica un espectro más amplio de negociación, ya que para lograr mayorías especiales no depende exclusivamente del Partido Nacional, sino que podrá eventualmente conseguirla con los votos del Partido Colorado.
Como contrapartida, en el rol de control que ejerce el Poder Legislativo, son pocos los recursos con los que cuenta la oposición. Los ministros del gobierno no podrán ser censurados. Ni siquiera cada partido de la oposición por sí solo podrá llamar a sala y deberán alinearse para hacerlo.