Un policía preso ayuna sin asistencia

Se cumplen 9 días. Discuten normativa que lo amparaba

RIVERA | FREDDY FERNÁNDEZ

Hoy se cumplen nueve días de la huelga de hambre iniciada por el policía Ángel Fernández.

El uniformado tomó la drástica decisión al enterarse de que el fiscal pidió 12 años de cárcel. La condena solicitada para el agente Fernández -por ultimar a dos reclusos que pretendieron fugar en la madrugada del 28 de febrero de 2004- fue cuestionada por la defensa y por el sindicato policial. Al particular caso se agrega que el policía, como recluso, es trasladado a Salud Pública para que se le monitoree. Sin embargo allí se niegan a atenderlo porque el funcionario es socio de un sanatorio privado. Hasta el momento, con nueve días de ayuno, el policía se encuentra sin asistencia médica.

El principal argumento del fiscal fue que el uniformado procedió amparado por "normas legales aunque para el fiscal inconstitucionales", sin embargo, "ni éste fiscal, ni ningún otro magistrado, han interpuesto recurso alguno", sostuvo Gerardo Amarilla, abogado defensor del uniformado procesado hace dos años.

Asesores legales del Ministerio del Interior apuntaron que esa normativa fue derogada con la nueva Ley de Procedimiento Policial, sin embargo policías que conforman el sindicato aseguran que nadie en el departamento los instruyó sobre la nueva normativa. Aunque sobre este punto el dictamen del fiscal no es claro.

DECRETO. El decreto 110/2002, al parecer derogado según los asesores de Interior, claramente establecía el procedimiento a seguir por el personal policial ante una fuga, debiendo dar en primera instancia la voz de alto, efectuar disparos hacia arriba y finalmente disparar hasta "la efectiva detención del recluso". El fiscal Ricardo Chiecchi pidió al juez de la causa que condene a Ángel Fernández como "autor responsable de dos delitos de homicidio en reiteración real, a la pena de 12 años de penitenciaria".

El fiscal, tras admitir que "el policía cumplió efectivamente los procedimientos establecidos por el Ministerio del Interior (decreto 110/002 de 22/03/2002 y resolución del Director Nacional de Cárceles 128/2002), basa su condena, en el hecho de que esas normas "son ilegales, cuando no inconstitucionales".

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