La Suprema Corte de Justicia falló por mayoría de cuatro votos que el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social, vigente desde este año, es constitucional. De los cinco ministros del máximo órgano del Poder Judicial solamente Hipólito Rodríguez Caorsi falló en contra el resto coincidió con el fiscal de corte, Rafaél Ubiría, quien consideró que el IASS es un impuesto al ingreso, similar al Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) derogado por este gobierno, y no un impuesto a la renta, por lo que no viola la Constitución vigente.
El dictamen de la SCJ establece que "La relación entre ambos impuestos (IRPF y IASS) es de compatibilidad y coexistencia, puesto que los haberes jubilatorios ya no están gravados por el IRPF y los pasivos que perciben rentas gravables que no hallen su fuente en el haber de jubilación, tributarán por ambos impuestos. De este modo, no se configuró violación ni del principio de separación de poderes, ni de la cosa juzgada y mucho menos del principio de igualdad".
Del mismo modo, el fiscal de Corte sostuvo hace unos meses que el IASS no violenta el artículo 67 de la Constitución, que refiere a la jubilación, al igual que ya lo afirmó cuando se pronunció a favor de la inconstitucionalidad del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) en decenas de acciones sobre las que emitió su opinión.