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Salto. Docente: con la norma "cerraría el teatro Larrañaga"
SALTO | LUIS ALBERTO PÉREZ
El nuevo decreto aprobado por la Junta Departamental de Salto sobre regulación de espectáculos públicos ha provocado la reacción en contra de ediles de la oposición y del Centro Comercial e Industrial local.
El abogado Fulvio Gutiérrez, un estudioso de las normativas municipales y ex director del Área Administrativa y de Cultura del gobierno departamental en el período 1990-1995, advirtió que tal como está redactado este decreto, por las contradicciones jurídicas que evidencia, hasta obligaría al intendente a clausurar el teatro Larrañaga, emblema de la cultura salteña.
En una carta enviada al diario Cambio, Gutiérrez -ex edil del Partido Nacional- hace un llamado al intendente Ramón Fonticiella para que recapacite sobre este asunto.
Advierte que si se aplica el decreto número 473/08 deben cerrar sus puertas los principales restaurantes y pizzerías del centro de la ciudad de Salto y de la Zona Este. Además, se verá impedida la realización de espectáculos en la plaza Artigas, museo de Bellas Artes y la Biblioteca Municipal.
"Lo más grave de todo es que el intendente deberá clausurar el teatro Larrañaga, pues está a menos de 200 metros del sanatorio Uruguay y de un geriátrico", dijo.
Fulvio, profesor grado 3 de la Facultad de Derecho de Salto, dijo que hay varias contradicciones en el decreto, entre ellas la que refiere a la ubicación de los teatros. Si bien el artículo 38 habla de que los "cines y teatros podrán estar ubicados en todo el territorio del departamento de Salto", los teatros también están contemplados por el artículo 20 a raíz del artículo 2 que incluye a los espectáculos teatrales dentro de la categoría "locales sin actividad bailable". Y estos últimos deben instalarse a 200 metros de centros de salud y geriátricos.
REQUISITOS. El decreto aprobado por la Junta Departamental indica que "los locales con actividad bailable", "los locales sin actividad bailable" y los "cabarets, boites y whiskerías" "podrán ubicarse dentro de las áreas urbanas y suburbanas de la ciudad a una distancia mayor de 200 metros de centros de atención de la salud con internación o atención de emergencia, hogares de menores, estudiantiles y geriátricos salas velatorias, centros de enseñanza, iglesias o templos cuando hubiera incompatibilidad horaria".
Esto es una de las cosas más cuestionadas de la normativa aprobada.
El presidente del Centro Comercial e Industrial de Salto, Ricardo Urroz, informó que una vez conocida la decisión de la Junta Departamental y algunos de los contenidos del decreto, la comisión directiva se reunió con los asesores legales para adelantarse a los planteos que formularán los socios de la institución, especialmente los de la zona del micro centro.
"Existe una profunda preocupación por la normativa, ya que con su aplicación la actividad comercial se va a ver restringida de manera importante", expresó a la prensa el directivo de la gremial.
El edil del Partido Nacional, Gustavo Varela, dijo que el decreto en algunos casos es "ridículo" porque cuando entre en vigencia no se podrán instalar comercios a menos de 200 metros de centros de salud o de enseñanza. Puso como ejemplo el caso de una pizzería que acaba de instalarse en calle Uruguay y Sarandí con una millonaria inversión.
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