El pasado 24 de diciembre, Pluna Ente Autónomo solicitó al Ministerio de Transporte y Obras Públicas que gestionase ante el Ministerio de Economía la transferencia de US$ 3 millones.
El desembolso debía hacerse para que Pluna Ente pudiese efectuar el aporte que le corresponde por el plan de reintegro y capitalización que se firmó con Pluna S.A., a cuenta de futuras integraciones de capital o de reintegros para mantener el flujo de fondos de la sociedad anónima y asegurar la "continuidad" de los vuelos comerciales en un plazo de 18 meses, según consta en una resolución del Tribunal de Cuentas.
Ante la ausencia de fondos para hacer frente a este gasto, el Poder Ejecutivo resolvió ampararse en el numeral 3 del artículo 15 del Tocaf para autorizar al Ministerio de Economía a efectuar la transferencia.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas entendió que la operación "no encuadra" en "ninguna de las causales de excepción previstas en los artículos 15 y 17" del Tocaf que autorizan a comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible.
El contrato que se firmó por la recapitalización entre el Pluna Ente y Leadgate, establece un plazo máximo de 18 meses para el reintegro de los US$ 12 millones, de los cuales US$ 9 millones debe poner el socio privado y US$ 3 millones Pluna Ente.
No obstante, mientras la aerolínea obtenga ganancias en su operativa no hay obligación de hacer transferencias. Según informó el directorio de Leadgate en febrero, la empresa obtuvo ganancias por US$ 5 millones en la temporada de verano.