Juan Oribe Stemmer
El Comisionado Parlamentario sobre centros de detención recibió el respaldo del Frente Amplio, del Partido Nacional y de parte del Partido Colorado.
Es difícil decidir qué llama más la atención de las recientes alegaciones realizadas por un alto funcionario policial contra el Comisionado sobre centros de detención: el contenido de las acusaciones o la forma en que se realizaron. ¿Es el procedimiento normal que un funcionario dependiente del Ministerio del Interior, parte del Poder Ejecutivo, formule graves afirmaciones en los medios de comunicación contra el Comisionado Parlamentario, que es un asesor del Poder Legislativo?
Como consecuencia, el Comisionado fue convocado por la Comisión de seguimiento del sistema penitenciario del parlamento. Allí presentó un completo informe sobre las acusaciones. Es evidente que sus explicaciones fueron convincentes, porque recibió el respaldo explícito del Frente Amplio, del Partido Nacional y de un sector del Partido Colorado.
La decisión del Poder Legislativo de crear esa Institución fue una respuesta inspirada y constructiva a un desafío cada vez más serio. Reflejó un consenso fundamental, por encima de las divisas partidarias, sobre la importancia de velar por principios y valores esenciales en cualquier sociedad democrática.
La ley de creación del cargo le asigna al Comisionado "el cometido principal de asesorar al Poder Legislativo en su función de control del cumplimiento de la normativa constitucional, legal o reglamentaria vigente, y de los convenios internacionales ratificados por la República, referidos a la situación de las personas privadas de libertad en virtud de proceso judicial". El Comisionado es designado por el Poder Legislativo como un instrumento para que este último pueda cumplir mejor con su cometido de seguimiento de la aplicación de las normas vigentes referidas a los presos procesados y en cumplimiento de sus condenas.
¿A quién debe controlar el Parlamento, en este caso? Está claro que el controlado es el Poder Ejecutivo, que tiene a su cargo el velar por la seguridad pública y administrar los centros de detención.
La ley le asigna al Comisionado un importante conjunto de atribuciones para el cumplimiento de sus funciones. Incluyendo el "promover el respeto de los derechos humanos de todas las personas sometidas a un procedimiento judicial del que se derive su privación de libertad".
Y ese es un punto de fundamental importancia.
Las personas "privadas de libertad", como dice la ley, tienen derechos que es imprescindible tutelar. Por ellos y por nosotros mismos. No es una tarea fácil, en el cerrado ambiente de un centro de detención. Allí existen reglas escritas y no escritas, jerarquías formales (y no formales), y condiciones sociales y culturales que, de muchas formas, limitan el control externo de la gestión carcelaria. Y esto es un desafío que debe ser superado.
Además de los cometidos y funciones que le asigna la ley, la existencia del Comisionado de cárceles es un rayo de esperanza para muchos, contribuye a reducir las presiones internas que se generan en los centros de detención y representa un apoyo para los funcionarios policiales honestos y respetuosos de la ley.
Se ha mencionado que a la institución del Comisionado "le hace falta reglamentación". Mejor resistir la tentación. La ley de creación del Comisionado Parlamentario es suficientemente extensa y detallada. No hace falta más.