Los uruguayos que decidan volver a radicarse en el país ahora podrán traer con ellos su automóvil. Ayer el Poder Ejecutivo dio a conocer el decreto que reglamenta el artículo 76 de la ley 18.250 correspondiente al ingreso de vehículos que, como había adelantado El País, fue firmado el pasado viernes por los ministros y el lunes recibió el aval del presidente Tabaré Vázquez.
Los demás 83 artículos de la ley aprobada en enero aún están a estudio de los ministerios de Relaciones Exteriores, Interior y Trabajo.
Este decreto habilita a los ciudadanos uruguayos que hayan residido en el exterior más de dos años, y que decidan retornar en forma definitiva, a ingresar exento de tributos "los bienes muebles que alhajan su casa, herramientas e instrumentos vinculados a su profesión, arte u oficio, así como por única vez un vehículo automotor".
El trámite, que debe iniciarse en el consulado o en cancillería, incluye la presentación de datos del interesado y su familia, así como documentación que respalde su oficio. Debe constituir domicilio en Uruguay y acreditar la propiedad del auto con una antigüedad mínima de un año. El mismo no podrá ser vendido por cuatro años. Está vedado el ingreso de camiones, casas rodantes y ómnibus.
El ministerio de Economía autorizará la exoneración de los derechos de aduana, que no incluye costos de traslado, seguros y almacenaje.