Asignación familiar: definen requisitos

Aún faltan varias resoluciones que se reglamentarán

El Poder Ejecutivo emitió un decreto que establece las condiciones y requisitos previos necesarios para acceder a los beneficios del nuevo sistema de asignaciones familiares previsto por la ley 18. 227 promulgada en septiembre del año pasado. No obstante, se aclara que diversos aspectos de la ley serán determinados en una reglamentación que aún no ha sido dictada. Hoy el Ministerio de Desarrollo Social y el Banco de Previsión Social presentarán los avances del nuevo sistema.

Sobre los hogares comprendidos en la prestación, la norma señala que el BPS determinará los que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Esto se hará conforme a criterios estadísticos, teniendo en cuenta, entre otros factores, ingresos del hogar, condiciones habitacionales y del entorno, composición del hogar, características de sus integrantes y situación sanitaria.

Según el BPS, el nuevo sistema integrará en este año a 50.000 menores de edad, de los cuales 125.000 se sumarán al sistema por primera vez

La norma establece que los administradores de la asignación serán las personas con capacidad legal o las instituciones a cuyo cargo estén los beneficiarios. Se aclara que en caso de que dos personas de distinto sexo reúnan iguales condiciones, tendrá preferencia de cobro la mujer. Este extremo se acreditará a través de la presentación del certificado judicial que avale quién ejerce la tenencia efectiva del beneficiario.

Sobre los requisitos para el otorgamiento y el mantenimiento de la prestación, el decreto señala que la reglamentación establecerá el modo y la frecuencia con que se acreditarán los mismos. Se adelanta que los atributarios (o quienes se postulen para serlo) deberán realizar todas las declaraciones juradas y brindar la información que les requiera el BPS y que sea considerada relevante para la concesión y el mantenimiento del beneficio. También deberá comunicar todo cambio en la composición, ingresos o condiciones de vida del hogar, así como cualquier otro aspecto que pueda tener incidencia en el servicio de la prestación.

Además, se deberá facilitar las tareas de relevamiento en el hogar y presentar los medios probatorios que sean requeridos. El último artículo del decreto estipula que el BPS mantendrá actualizado un registro nacional de beneficiarios de asignaciones familiares para asegurar su servicio a quienes efectivamente tienen derecho .

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