E. DELGADO / A. NAVARRO
Una joven de 26 años, que patrocinó legalmente a quien fue su profesora de idioma español en un liceo de Rocha, será la primera abogada en obtener un fallo que declare inconstitucional el IRPF a las jubilaciones.
En 2004, Soledad Uriarte logró su título de abogada y en seguida comenzó a ejercer la profesión en Rocha y Montevideo. Había ingresado a la carrera de Derecho de la Universidad Católica en 1999.
Trabaja en el estudio de Rodolfo Saldain -ex presidente del Banco de Previsión Social-, fundamentalmente en temas de seguridad social, derecho de familia y Penal. Uriarte tiene un posgrado en Derecho Laboral.
Ayer llegó a Bahía (Brasil) de vacaciones con su esposo, con quien se casó hace tres años. En una playa bahiana supo que una acción de inconstitucionalidad contra la aplicación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las jubilaciones que ella presentó será la primera que resolverá la Suprema Corte de Justicia.
"No lo puedo creer, porque cuando lo fui a presentar había otros recursos presentados", contó Uriarte a El País desde su descanso en las tierras de Jorge Amado.
Dijo sentir una gran satisfacción: "Me siento impecable por el trabajo y porque realmente estoy convencida que es inconstitucional (el IRPF a las pasividades) y me parece que se hará Justicia".
Personas cercanas a la abogada coincidieron en que estudió detenidamente la aplicación del IRPF a las pasividades y que estaba segura de que tendría éxito en sus reclamos.
las acciones. Uriarte presentó acciones de inconstitucionalidad en representación de aproximadamente 70 pasivos de diferentes zonas de Rocha.
Lo hizo en grupos de cuatro y cinco personas, intentando que fuera gente del mismo sector. "Incluso fueron maestras amigas de mi madre al estudio, que se acordaban de anécdotas de mi familia", expresó.
El expediente que la Corte resolverá la próxima semana tiene como carátula "Núñez Pereyra Edelia y otros contra Estado, Poder Ejecutivo, MEF y otros".
Justamente, son cuatro personas, todas mujeres, las que presentaron esa solicitud de inconstitucionalidad que motivará el primer fallo de la Corte: tres docentes jubiladas y una pensionista.
El diputado herrerista de Rocha, José Carlos Cardoso, acompañó a Uriarte a la Suprema Corte de Justicia a presentar ese y otros escritos. La abogada contó que cuando se puso a estudiar la reforma tributaria, el legislador le dio mucho material al respecto y que incluso le acercó personas interesadas en reclamar la inconstitucionalidad del nuevo tributo.
El escrito fue elaborado por Uriarte, sin perjuicio de que fue revisado y ajustado por Saldain.
docente. Edelia Núñez Pereyra fue maestra y profesora en diferentes centros educativos de Rocha hasta que se jubiló. Su abogada Soledad Uriarte y Rodolfo Saldain fueron alumnos suyos en Secundaria. "Ambos brillantes estudiantes", comentó Edelia a El País.
"Hubo un movimiento de la gente de Magisterio y me avisaron. Yo ni siquiera fui a la reunión que hubo, me dijeron que me presentara al escritorio (de la abogada) si lo quería hacer. Fui hasta allí, donde está la doctora Uriarte, llevé la documentación correspondiente y firmé", dijo Edelia.
"Trabajé en Secundaria y en Primaria de Rocha durante 30 años y además tengo pensión porque soy viuda de un bancario. Por este impuesto tengo un descuento de $ 3000 por mes", agregó.
"Mañana (por hoy) cumplo 78 años, aunque si me ven represento 60", comenta entre risas. Y añade: cuando se conozca la resolución de la Corte, si les es favorable, "tendré otra razón para festejar este cumpleaños".
El lunes 24 los cinco ministros de la Corte analizarán una sentencia tentativa que sobre este expediente presentará Hipólito Rodríguez Caorsi. Luego los miembros deberán emitir un fallo, el que se conocería en el correr de la próxima semana.
Tres ministros consideran que el IRPF a las pasividades es inconstitucional y dos que es constitucional.
Los ministros que están en mayoría son quienes tienen que acordar una resolución y los que están en minoría presentarán sus discordias, con la argumentación de las mismas.
Una noticia que recibió casi como un regalo de cumpleaños
Edelia Núñez Pereyra cumple hoy 78 años. Vive en la ciudad de Rocha, tiene una jubilación como docente y cobra una pensión por su esposo fallecido, que era bancario. Edelia estaba en la peluquería ayer cuando su nieto Diego le comunicó que la buscaban del diario El País. Pensó que era una broma de un familiar, pero regresó a su casa y aguardó "por las dudas que fuera cierto". "Que increíble. Ente tantos expedientes justo es el mío", expresó al ser informada de que su acción de inconstitucionalidad contra la aplicación del IRPF a las pasividades será la primera en resolverse. Sostuvo que el impuesto afectó mucho sus ingresos.
Argumentos de Uriarte
"El IRPF es un impuesto destinado a rentas generales, aplicarlo a las jubilaciones y pensiones es claramente inconstitucional", afirma la abogada Soledad Uriarte (foto) en el escrito que dio inicio al expediente a estudio de la Suprema Corte de Justicia.
La abogada menciona lo que a su entender son las violaciones a la Constitución al aplicar el IRPF a las pasividades.
Los artículos 7, 8, 32, 67, 72 y 85 de la Constitución son nombrados.
"Es de lamentar que se violen normas y principios tan caros al ordenamiento jurídico nacional, respecto de derechos como los considerados, por meras motivaciones y frías consideraciones de orden financiero y fiscal que, por otra parte, deberían ser solucionadas de otra forma".
"Es procedente concluir que la imposición de las jubilaciones y pensiones, en calidad de renta, constituye una flagrante violación del art. 67 de la Constitución, tanto en cuanto desvirtúa y transgrede el concepto y naturaleza de los beneficios, como en cuanto viola la adecuada protección y garantía de los mismos mediante una vía indirecta, incorrecta e improcedente".
"En la medida que la normativa cuestionada incurre en el apartamiento y violación de la norma señalada, viola también lo establecido en el art. 72 de la Constitución que consagra la protección de los derechos y garantías que son inherentes a la personalidad humana".
"En efecto, es indudable que en el estadio actual del derecho comparado, en los regímenes normativos más adelantados, los derechos de pasividad (jubilaciones y pensiones) son considerados como esenciales, y su protección, necesaria en virtud de parámetros de justicia y de valoración ética por parte de la sociedad".
Y afirma: "La jubilación no es una renta" y, por lo tanto, "no procede la imposición a la referida prestación de pasividad".