Las preguntas que se abren en torno al IRPF a los pasivos

1. ¿Qué efectos tiene un fallo de inconstitucionalidad del IRP a los pasivos?

R. Deja sin efecto la aplicación de la ley sólo para el caso concreto del reclamante.

2. Si la Corte declara la inconstitucionalidad de una Ley ¿cae esa norma?

R. No, sólo deja de aplicarse a quien reclamó y obtuvo un fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia.

3. ¿Cuánto tiempo tiene la Corte para dictar fallos antes del retiro de Bossio?

R. Descontando Semana Santa, tiene diez días hábiles hasta el 7 de abril en que se retirará Bossio por edad.

4. ¿Qué pasará entonces?

R. Habrá que esperar que el Parlamento designe un nuevo juez o que ingrese automáticamente el más antiguo en 90 días.

5.Beneficiados por los fallos ¿se libran del IRPF? ¿Les devuelven lo pagado?

R. El IRPF no será aplicado a los alcanzado por el fallo. El director de Rentas dijo que se devolverá lo cobrado.

6. Quienes se libran del IRPF ¿deberán pagar el IRP que pagaban antes?

R. No, éste fue derogado en la ley 18.083 a texto expreso (artículo 1°) y restablecerlo requiere una nueva ley.

7. Los pasivos que no accionaron contra el IRPF ¿lo seguirán pagando?

R. Sí, a menos que el Parlamento derogue para todos la norma que aplica el IRPF a las pasividades.

8. ¿Cómo se puede derogar esta norma?

R. Mediante otra ley del Parlamento. La iniciativa puede ser de un legislador o de un grupo o del Poder Ejecutivo.

9. ¿Va el Poder Ejecutivo a proponer la derogación del IRPF a los pasivos?

R. No hay pronunciamientos oficiales de que adopte esta decisión. Más bien las señales extraoficiales son en sentido contrario.

10. Vázquez y Astori dijeron que respetarán el fallo. ¿Qué significa?

R. A eso se han comprometido, pero esto significa que no cobrarán IRPF a los pasivos beneficiados con el fallo de la Corte.

11. ¿Qué sucede si nuevos fallos de la Corte en el futuro son distintos?

R. Los reclamantes que tengan fallos adversos seguirán pagando el impuesto. Quienes tengan fallos favorables no pagarán IRPF.

12. ¿Cómo se explica que la Corte llegue a fallos opuestos en un tema?

R. No necesariamente se explicará. Cada fallo tiene su mayoría (o unanimidad) y se explica en cada sentencia.

13. ¿Habrá pasivos que paguen el IRPF y otros que queden exonerados?

R. Sí, puede darse esta situación, a menos que medie una decisión política de derogar la norma cuestionada.

14. Si cae el IRPF, ¿le van a poner otro impuesto o restablecerán el IRP?

R. Esto dependerá de una ley. Tiene iniciativa privativa el Ejecutivo y debe ser aprobada en el Parlamento.

15. Si el IRPF se mantiene para la mayoría, ¿qué camino legal hay?

R. Los afectados pueden presentar nuevas acciones de inconstitucionalidad y confiar en un fallo favorable.

16. ¿No hay otro procedimiento?

R. Hay una propuesta de plebiscito para establecer en la Constitución que las pasividades no se pueden gravar.

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