Después de aprobar la ley que prohíbe el "coscorrón" a los niños, ahora el Parlamento regulará los castigos y maltratos a animales, con multas que pueden alcanzar casi U$S 8.000, y obliga a las personas a registrar a sus animales de compañía.
Un proyecto de ley elaborado a partir de iniciativas de senadores de los tres partidos fue aprobado en la comisión de Educación y estaba previsto que se tratara hoy en el Senado. Sin embargo, el proyecto deberá esperar hasta febrero para ser estudiado. Allí se prohíbe expresamente maltratar o lesionar animales, y su uso en carros como los que suelen usar los hurgadores.
La iniciativa incluye la obligatoriedad del registro de todos los animales domésticos ante una Comisión Honoraria de Bienestar Animal que crea la ley, dota de recursos y que podrá contratar personal. La definición del animal de compañía es tan abarcativa que en ella quedan incluidos, además de los tradicionales perros, los gatos, loros y cotorras, canarios, peces, hámsters, tortugas y otros tipos de animales menos frecuentes en los hogares. "Será considerado animal de compañía todo aquel animal que sea mantenido sin intención lucrativa y que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios".
Maltrato. También prohíbe matar a los animales, salvo para "dar fin a sufrimientos ocasionados por accidentes o enfermedades" y se veda su sacrificio, lo que afecta a algunos cultos religiosos que los realizan. No se los puede envenenar o ahorcar o emplear otros procedimientos que causen "sufrimientos innecesarios", o agonías prolongadas. La única excepción para eso es el empleo de plaguicidas para combatir plagas domésticas o agrícolas.
El proyecto impide usar animales vivos para "la práctica de tiro al blanco" y promover peleas entre animales. Tampoco adiestrarlos o manipularlos genéticamente para hacerlos "más peligrosos", ni alimentar animales con otros animales vivos. También se prohíben las corridas de toros o "parodias" en las cuales se mate u hostilice animales.
La Comisión Honoraria es la responsable de recibir denuncias y realizar investigaciones sobre actos de maltrato. La comisión podrá contratar personal y se financiará con las multas, lo recaudado en el pago de una tasa del registro de prestadores de servicio (ver recuadro) y con el 40% de lo recaudado en concepto de patente de perro por la Comisión de Lucha contra la Hidatidosis.
OBLIGACIONES. Toda persona que tenga animales debe mantenerlos en condiciones físicas y sanitarias adecuadas: con el alojamiento, alimento y abrigo adecuado para la especie, según las pautas establecidas por la Sociedad Mundial para la Protección de los Animales. No puede abandonarlos o soltarlos en lugares públicos, y hay que hacerse responsable por los daños que el animal provoque a otros animales o personas.
También se establece que el transporte y sacrificio de animales destinados a la industria alimenticia debe realizarse según prácticas y procedimientos que no ocasionen sufrimientos innecesarios.
Multas. La violación de la ley fija sanciones que, según su gravedad, van desde el "apercibimiento", la multa de 1 a 500 unidades reajustables (U$S 15,5 a U$S 7.778), la confiscación de animales, cancelación de autorizaciones o habilitaciones, así como prohibición de tenencia de animales.
Los paseadores deben registrarse
Además del registro nacional de animales de compañía, deberán registrarse los prestadores de servicios, incluidos quienes pasean perros. Allí deberán inscribirse los refugios para animales, criaderos, servicios de paseadores y adiestradores, tiendas de mascotas, empresas comercializadoras de productos cosméticos para animales de compañía, firmas comercializadoras de vestimenta y de alimentos para animales. El costo de registro es una unidad reajustable.
Si la ley no es sancionada esta tarde (debido a que el orden del día tiene muchos puntos), quedará para las primeras sesiones del Senado de 2008. Luego pasa a Diputados.