GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ
Enseñaba Irureta Goyena que la pena, aplicada a quien ha delinquido, es una medida de defensa social. Ya en 1930, año en que redactó el Código Penal aún en vigor, la concepción de la pena como un castigo, en función de la justicia retributiva, era anacrónica.
Ratificando ese acertado criterio, al tratar el instituto de la prescripción y precisar su fundamento en sus "Notas Explicativas" del Código, tras pasar revista a las distintas teorías existentes al respecto, el eximio penalista se afiliaba a la de Garraud, que sintetizaba así:
"La pena deja de ser útil, porque labrado el recuerdo del hecho por el transcurso del tiempo, no existe ya la alarma social y la pena no es popular ni ejemplarizante". A lo que agregaba Irureta: "La pena debe ser relativamente próxima al delito, porque pasado cierto tiempo la sociedad no comprende su aplicación, a menos que el sentimiento de peligro se mantenga colectivamente vivo por la ejecución de nuevos delitos".
En la misma línea de defensa de la sociedad y en las antípodas de la Ley del Talión, se sitúa nuestra Constitución en su artículo 26: "En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito".
En una sociedad espiritualmente sana, cuyos integrantes no están contaminados por el odio ni por el desprecio a quienes no piensan ni actúan -mejor dicho, actuaron- como ellos, la prisión de un delincuente no debe ser motivo de alborozo para nadie. A lo sumo, debe serlo de tranquilidad, si el delincuente es particularmente peligroso y dado a reincidir.
Estas reflexiones resultan de actualidad ante ciertas publicitadas reacciones de festejo, por algunos de los últimos procesamientos decretados por la Justicia, con la consiguiente privación de su libertad a quienes fueron objeto de los mismos.
En el caso de Juan Carlos Bengoa -y sus principales colaboradores en el zafarrancho de los casinos municipales-, aún antes de que la Dra. Fanny Canessa, los procesara por varios delitos, el hecho fue motivo de alegría en una asamblea del sindicato municipal. Cada vez que un orador se refería a la inminencia del pronunciamiento judicial, aplausos y hasta ovaciones, acompañados de epítetos gruesos para el jerarca que iba a dejar de serlo, resonaban en el local de los asambleístas.
Es obvio que no tengo con Bengoa ningún tipo de solidaridad. Ni política ni de otro carácter. Lo traté una única vez, por razones profesionales. Su procesamiento era previsible e ineludible, dada la gravedad de las imputaciones que le fueron formuladas. Pero eso no es razón para alegrarse de su privación de libertad. Ni de la de él ni de la de nadie.
Incluida la de Gregorio Álvarez, el ya antiguo abanderado de la execrable dictadura, que también fue festejada por gente enferma de odio y sedienta de venganza, que no comprende que, a tres décadas de los crímenes que se le imputan, el ex golpista no es más que un anciano de peligrosidad nula. Vale para él, entonces, la enseñanza de Irureta Goyena.
Este artículo se publica el día de Nochebuena, en vísperas de la Navidad cristiana, que reúne a las familias y que es símbolo milenario de buena voluntad y fraternidad entre todos los seres humanos. Algunos uruguayos, sin embargo, celebrando prisiones, están a años luz de tales sentimientos humanitarios. No piensan que tales presos tienen cónyuges, hijos e hijas jóvenes, que están sufriendo. Emblematizan la progresiva decadencia de nuestra sociedad.