La Justicia ordenó ayer el desalojo de la planta de Divino de Camino Carrasco, que permanece ocupada desde el 19 de noviembre por una veintena de empleados y miembros del sindicato de trabajadores metalúrgicos, Untmra.
El juez en los civil de 2° turno, Juan Carlos Contarín, señaló en su fallo que "la ocupación es inequívocamente ilegítima" porque no se cumplió con los requisitos del decreto 165/2006, que regula los conflictos laborales y la participación del Estado en los mismos. Agregó que "hay derechos claramente vulnerados", como son los derechos a la libertad de trabajo y a la libertad de empresa.
Por ese motivo, Contarín ordenó la desocupación en un plazo de 24 y autorizó el uso de la fuerza pública en caso de que los ocupantes resistieran la medida.
El fallo del magistrado responde a una acción de amparo presentada por alrededor de 350 funcionarios de la compañía que enfrentaron la ocupación.
La ocupación de la planta comenzó luego de que la compañía despidiera a varios integrantes del recientemente conformado sindicato, argumentando "sobrestock" producto de un negocio de exportación que finalmente no se concretó.
Según la Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines (Untmra), el 16 de noviembre comenzaron los despidos y el 19 de ese mes una delegación de ese sindicato solicitó una reunión con la patronal de Divino, la que fue aceptada, pero con condicionamientos que los gremialistas rechazaron. Es por ello que después de una asamblea celebrada en las puertas de la planta de Camino Carrasco casi Pichincha, se resolvió ocupar las instalaciones.
SIN NEGOCIACIÓN. El fallo judicial, al que accedió El País, sostiene que no hubo "ninguna instancia de negociación previa" y que la ocupación de la planta se constituyó como una "imposición" de una cantidad reducida de empleados hacia la mayoría, que discreparon con la medida adoptada.
Para Contarín, "ese actuar ilegítimo ocasiona en principio la colisión de dos derechos fundamentales de igual jerarquía entre quienes ocupan y quienes quieren trabajar". En el fallo, el juez indicó que hubiera sido "preferible" que las discrepancias entre los empleados de la empresa se hubieran resuelto sin la intervención de la patronal ni del Estado.
SINDICATO DISCUTE. Anoche se reunió en la planta de Divino la dirección nacional de la Untmra, disconforme con el veredicto, para resolver el momento del acatamiento del fallo.
La finalización de la ocupación podía ser resuelta para la propia noche o para hoy por la mañana, cuando se cumplan con las 24 horas de plazo.
La dirigencia de la Untmra era anoche más propensa a levantar la medida.
Defensa al MTSS
El juez Juan Contarín desestimó un recurso que los empleados querellantes presentaron contra el Ministerio de Trabajo por no desocupar el local de la empresa Divino. Al respecto, el juez Contarín sostuvo en su fallo que el Poder Ejecutivo está obligado a desalojar una planta cuando "la ocupación pusiere en grave riesgo la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población o afecta seriamente el orden público".