Según informa Radio Carve, el ex dictador fue hoy llevado esposado al juzgado de la calle Misiones y pidió un nuevo abogado, tras la renuncia de su anterior defensor, Carlos Curbelo Tammaro. Pidió un defensor de oficio y agregó: "si es comunista mucho mejor". Se confirmó que será la Dra. Estela Tonard, que estaba de turno cuando se dictó el procesamiento de Álvarez la que tomará la defensa del ex dictador.
Los abogados de Gregorio Álvarez comunicaron el lunes 17 al juez Luis Charles que renunciaban a la defensa del ex dictador, "que asumieron en estos autos el 5 de diciembre próximo pasado".
En el escrito firmado por los doctores Carlos Curbelo Tammaro y Pedro Montano, estos afirmaronn que su decisión está motivada al "trámite que se está dando a estos procedimientos, que ha determinado la inexistencia del marco normativo legal y constitucional que ampara los principios del debido proceso legal y las garantías para la defensa de cualquier justiciable".
Según los abogados, "de este modo la defensa resulta meramente nominal, y en estas condiciones, los suscritos letrados no están dispuestos a mantener una presencia que no es funcional a los intereses de su patrocinado".
"La proyección histórica que ha de tener este proceso, obliga a los comparecientes a actuar de esta manera, evitando cohonestar una actividad jurisdiccional viciada de nulidad y sin garantías, como las que se está llevando a cabo", expresa el escrito.
Entre la falta de garantías, los profesionales mencionaron "el desconocimiento que hizo el Poder Ejecutivo de la ley de Caducidad (N° 15.848), que excluye el caso del amparo legislativo por medio de una resolución sin motivación y que infringe una regla de derecho".
Añaden que "se sigue con la actuación de una fiscal, elegida ´ex profeso´ que ha monopolizado prácticamente todos los juicios penales contra los militares del proceso y que durante seis meses ha instruido una prueba de cargo, sin conocimiento ni contralor de esta defensa, en abierta violación a las disposiciones del art. 113 del C.P.P. que garantiza la igualdad procesal entre fiscales y defensores en esta etapa del proceso".
Recordaron los abogados que el procedimiento continuó con la intervención de la Suprema Corte de Justicia, que se negó a admitir el recurso de inconstitucionalidad "de una ley que la Cátedra hizo añicos, con argumentos contra los que alzaron su voz dos excepcionales juristas, los doctores Gonzalo Aguirre y Leonardo Guzmán que (¡estos sí que sufrieron la cárcel y el exilio!) desde sus tribunas periodísticas criticaron duramente el desconocimiento del derecho".
Curbelo y Montano habían planteado la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 18.026 de 2006, que tipificó el delito de desaparición forzada.
"Para, finalmente, el juzgado interviniente, aún a sabiendas de que la defensa no ha podido leer las más de 4.000 fojas del expediente, ni controlado la prueba de cargo preconstituida, ni producir prueba ni interrogar a testigos, como ordena el citado art. 113 del C.P.P., no hace lugar a las garantías de la defensa que disponen la Ley, la Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica (Art. 8.2 literal c)".
En base a EL PAÍS y Radio Carve