El Senado aceptó ayer las modificaciones que le introdujo la Cámara de Diputados al proyecto de unión concubinaria, y lo aprobó por unanimidad (22 en 22 presentes). Ahora resta la promulgación del Ejecutivo para que entre en vigencia.
El proyecto le da reconocimiento legal al concubinato, incluso entre parejas homosexuales. La norma garantiza derechos y obligaciones para las parejas que convivan más de cinco años sin interrupciones: asistencia recíproca, creación de sociedad de bienes, derechos sucesorios, cobro de pensiones por fallecimiento y otras disposiciones vinculadas a la seguridad social. Se reconoce por primera vez a las parejas homosexuales, lo cual ha generado muchas críticas de los legisladores blancos.
La bancada del Partido Nacional votó en contra. Los blancos habían propuesto un proyecto sustitutivo que reconocía en forma retroactiva los derechos generados de la convivencia ininterrumpida de al menos cinco años, si las dos personas decidan contraer matrimonio.
Algunos cambios están vinculados a la extensión de los derechos pensionarios a los concubinos: los diputados entendieron que requería iniciativa del Poder Ejecutivo debido a que se trata de beneficios vinculados a la seguridad social. Así, se agregó un nuevo capítulo que regula los derechos y obligaciones de la seguridad social entre los concubinos.
Se define unión concubinaria como "la situación de hecho" donde dos personas, "cualquiera sea su sexo, identidad u orientación sexual" mantienen "una relación afectiva de índole sexual de carácter estable y sin estar unida por el matrimonio". Los concubinos están obligados a asistirse en forma recíproca y a contribuir a los gastos del hogar. Tienen derecho a crear una sociedad de bienes, una vez que la unión es comprobada por la Justicia. El concubinato debe ser reconocido por esa vía para determinar la fecha de comienzo de la convivencia y los bienes comunes.
No se permite la coexistencia de dos regímenes patrimoniales. Por eso, deben disolverse sociedades de bienes anteriores, si existieran.
Si fallece uno de los concubinos, la herencia se divide entre los "ascendientes más próximos" y el concubino. También hay derecho a cobrar pensión de sobrevivencia. Los derechos y obligaciones sobre seguridad social operan a partir de un año de entrada en vigencia de la ley.
Según un trabajo de la demógrafa Wanda Cabella titulado "La demografía de las uniones consensuales en Uruguay en la última década", se desprende que cada vez más parejas viven en concubinato.
La proporción de parejas que optó por la unión libre se triplicó en 20 años: pasó de 10% en 1987 a 30% en 2004, según al estudio de Cabella.