A partir del próximo mes, aquellas personas que reciban más de una renta de trabajo o pasividad verán incrementadas sus retenciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Eso se debe a que se comenzará a aplicar el criterio de un solo mínimo no imponible por persona.
Si una persona tiene más de un trabajo o dos pasividades, indicó en la declaración jurada que presentó en junio que solo en uno de esos casos se le tomara en cuenta el mínimo no imponible ($ 8.180) para realizar la retención. De esa manera el anticipo puede ser más fiel a lo que será el pago del impuesto a fin de año.
Como el software del Banco de Previsión Social (BPS) no estaba apto para poder discernir en ese aspecto, hasta ahora a la persona con más de un trabajo o pasividad se le retenía el IRPF, pero descontando el mínimo no imponible en cada uno de sus trabajos o pasividades.
En octubre, el BPS ingresa esas declaraciones juradas al sistema y entonces, los que reciben más de un salario o pasividad verán que solo en uno de ellos le descuentan el mínimo no imponible.
Lógicamente eso determinará que la persona vea incrementada su retención de IRPF en los restantes empleos o institutos previsionales.
El IRPF es un impuesto anual, se calcula sobre toda la renta percibida en el año (aunque en 2007 será solo por el período julio-diciembre, ya que desde julio se aplica el impuesto) y lo que se abona mensualmente son anticipos.
El director de Rentas, Nelson Hernández dijo ayer en canal 4 que "a partir de octubre solo corresponde un mínimo no imponible por persona".
"Esto va a significar en octubre un incremento de la retención solo en aquellos casos que tengan más de un empleo o pasividad", agregó.
El País intentó en varias ocasiones comunicarse ayer con Hernández pero no respondió.
Por ejemplo, si una persona sin hijos tiene dos empleos y gana $ 25.000 en uno y $ 8.000 en otro. Hasta ahora en ambos trabajos le aplicaron el mínimo no imponible, por lo que en el primero le retienen $ 1.684 por mes y en el otro no le retienen nada por estar por debajo del mínimo no imponible.
Suponiendo que esa persona hizo la opción de que le aplicaran el mínimo no imponible en el trabajo de mayor ingreso, a partir del sueldo que perciba de noviembre, la retención será la misma, $ 1.684. Si cambiará, es que en el trabajo en el que gana $ 8.000, le dejarán de aplicar el mínimo no imponible por lo que aplicando la escala de franjas y las deducciones, le pasarán a retener $ 655.
Es decir que esa persona tendrá sumadas, retenciones por $ 2.339, mientras que antes le retenían $ 1.684.
En los casos de personas con más de un salario o pasividad, deberán hacer una declaración jurada al final del año, sumando todos sus ingresos, sobre los que se calculará el IRPF a pagar. A ese monto, se le restarán los anticipos que se hicieron y en ese momento deberán pagar la diferencia.