Los inmuebles improductivos por 10 años serán expropiados

| Intendencias serán encargadas de actuar como "policía territorial" para evitar que se incumplan las normas vigentes

 tapa nacional 20060625 200x136

Elena Risso

El gobierno prevé la expropiación de inmuebles que durante 10 años no fueron utilizados para actividades "productivas" o "sociales", que pasarán a formar parte de una "cartera de tierras" del Estado y posteriormente destinados a "familias de escasos recursos".

Además, dotará a los municipios de instrumentos para evitar la ocupación ilegal de predios, buscando de esa manera disminuir la proliferación de asentamientos irregulares.

Esas propuestas forman parte de un documento elaborado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (Mvotma), titulado "Base para la discusión de la ley de ordenamiento y desarrollo territorial sostenible", que será presentado como proyecto de ley en las próximas semanas al Parlamento (ver nota aparte).

"POLICIA". De acuerdo a la propuesta, las intendencias "en el marco de los poderes de policía territorial", deberán impedir la "ocupación, construcción, loteo, fraccionamiento y toda operación destinada a consagrar múltiples soluciones habitacionales que implique una violación de la legislación" vigente en la materia.

Una vez que se comprueben subdivisiones o construcciones en lotes no autorizados, se deberá recurrir a la justicia, "solicitando la inmediata detención de las obras en vías de ejecución y la demolición de las existentes".

Si a los cinco días eso no se cumple, la justicia puede disponer el ingreso en el predio para "proceder a la inmediata demolición".

Por otra parte, los municipios deberán elaborar un registro de baldíos y fincas ruinosas. A partir de esa base de datos, los propietarios de "solares baldíos o terrenos con edificación ruinosa" deberán edificarlos en un plazo a establecer. En otro orden, en la iniciativa se establece que toda obra hecha "sin consentimiento" o en contra de los planes vigentes, "será sancionada, sin perjuicio de la nulidad", con multas que irán de 50 a 50 mil Unidades Reajustables".

"EXPROPIACIÓN". De acuerdo al documento, "los propietarios de inmuebles deben efectuar obligatoria y gratuitamente, las cesiones de suelo a la administración que dispongan los planes e instrumentos de ordenamiento territorial" previstos en la ley.

En el anteproyecto, por otra parte, se prevé la indemnización a propietarios de terrenos ante "casos de expropiación", de acuerdo a lo previsto en el artículo 232 de la Constitución.

La expropiación de inmuebles está prevista para distintos casos: ejecución de obras públicas (por ejemplo saneamiento o vialidad); ejecución de "unidades de actuación integradas"; o "programas de rehabilitación urbana".

Asimismo, se establece que el Estado podrá disponer la expropiación de "inmuebles urbanos y suburbanos en estado de abandono que teniendo potencialidades productivas o de utilidad social, se encuentren inexplotados en el lapso de más de 10 años".

Los mismos pasarán a integrar la "cartera nacional de tierras".

Si los municipios detectan incumplimiento de los propietarios frente a sus inmuebles, podrán también disponer las expropiaciones de los mismos, con pago diferido a través de títulos de deuda pública u otro mecanismo.

Para fijar el monto de las indemnizaciones, "se tomará en cuenta el promedio del valor venal del bien en los últimos 10 años".

"OCUPACIÓN". En la propuesta del oficialismo, se hace referencia a la "ocupación ilegal de inmuebles con fines de asentamiento humano".

En ese sentido, "se faculta" al Mvotma a "aplicar las sanciones" a "quien promueva o incentive la ocupación ilegal de inmuebles ajenos con fines de asentamiento humano".

Además, se prevé que las empresa públicas deberán contar con el aval del Mvotma para prestar servicios de energía, agua y telefonía en asentamientos.

No obstante, en el documento se establece que "las políticas de territorio" son "un factor clave en la disminución de la segregación espacial de la pobreza".

Por eso, "se regula especialmente la tenencia, ordenamiento y desarrollo de áreas precarizadas ocupadas por población de bajos ingresos relativos".

En ese sentido, se deja establecido el derecho a la "adquisición de dominio de un inmueble poseído ininterrumpidamente y sin oposición por cinco años destinado a única vivienda de familia de escasos recursos".

En la propuesta, además, está prevista la creación de una cartera nacional de tierras, que funcionará en la órbita del Mvotma. A esa secretaría de Estado pasarán todos los inmuebles de dependencias estatales que estén en desuso.

Una vez que se haga cargo de esos inmuebles, el Mvotma estará facultado a "cederlos, venderlos, permutarlos, y aún donarlos", para mejorar las condiciones de vivienda de "familias de escasos recursos". También podrá otorgarles terrenos, para que lleven adelante la "autoconstrucción" de una vivienda propia.

Debate

El Ministerio de Vivienda abrió en su página web un sitio de discusión en el que se reciben opiniones sobre el anteproyeto de ley

Otros puntos

PROPIEDAD. "Al derecho de propiedad de suelo no le accede de por sí ninguna facultad de utilización o edificación. Los derechos de uso y edificación responden al interés general y son privativos de la sociedad. Son los gobiernos departamentales, en representación de la sociedad, los que pueden otorgar los derechos de edificación a solicitud del titular de la propiedad".

CONFLICTOS. "La ley genera instrumentos para la mejora en la coordinación y la anticipación de conflictos. Para anticipar en lo posible y evitar los conflictos territoriales, las medidas públicas de alto impacto deben ser comunicadas tempranamente a los restantes actores públicos interesados".

REGULACIÓN. "Se regulan las autorizaciones para la apertura de minas y canteras".

SOFTWARE "La nueva ley es una oportunidad para avanzar en el establecimiento para la promoción de software nacional en el campo de la información territorial y su puesta a disposición de la población".

CIUDADANOS. "Se reconoce a todos los ciudadanos el derecho al ejercicio de la acción pública para hacer respetar el ordenamiento territorial en su conjunto. A tal fin podrán exigir a las administraciones la iniciación de las acciones tendientes a corregir las infracciones territoriales. De igual forma podrán exigir ante las sedes judiciales".

DERECHOS. "Todos los ciudadanos tienen derecho al uso común y general de las redes viales, urbanas, peatonales, zonas verdes y de recreo públicas existentes en la ciudad, a acceder a condiciones no discriminatorias a equipamientos de uso público, en acuerdo a las normas aprobadas por esta administración".

FRACCIONAMIENTO. "No podrá autorizarse ningún fraccionamiento, aún en el caso de la inexistencia de planes, sin una previa autorización del gobierno departamental respectivo".

PERMISOS. "Es competencia exclusiva del gobierno departamental el otorgamiento o denegación de los siguientes actos administrativos: permiso de construcción, de demolición, de fraccionamiento, de localización de actividades, de modificación predial y de límites de usos".

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar