El Poder Ejecutivo dictó normas para la protección de los datos personales a ser utilizados en informes comerciales, en las cuales determina que la recolección de los mismos por medios desleales, abusivos o fraudulentos quedará prohibida expresamente. Las personas físicas o jurídicas que obtengan legítimamente información proveniente de una base de datos que brinde tratamiento a los mismos, están obligadas a utilizarla en forma reservada y exclusivamente para las operaciones habituales de su giro.
Los responsables de la base de datos se limitarán a realizar el tratamiento objetivo de la información registrada tal cual ésta le fuera suministrada, debiendo abstenerse de efectuar valoraciones subjetivas sobre la misma.
La reglamentación de la ley deberá estar pronta en un plazo de 180 días.