NATALIA ROBA
Medidas que garanticen la observancia de las normas relativas a las licitaciones públicas y asegurar que los procesos de selección del contratante se ajusten a las normas legales vigentes y garanticen un eficiente uso de los recursos públicos, serán algunas de las normas que estarán en el proyecto legislativo que elaborará en los próximos meses la Junta Anticorrupción.
Antes de finalizar con su mandato —que concluirá el 16 de noviembre próximo—, Jorge Sambarino, Carlos Balsa y Eduardo Piaggio, elaborarán la normativa, que se complementará con restricciones por un período razonable para quienes dejen de desempeñar la función pública evitando los conflictos de intereses.
Los jerarcas quieren atender el déficit de transparencia en la ejecución de recursos públicos, que fue uno de los aspectos que llamó la atención del Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Instrumentación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, que evaluó a Uruguay.
En el caso de Uruguay, a ese comité le llamó la atención que en tres de cada diez licitaciones públicas otorgadas entre los años 1997 y 2000, el gasto no se ajustó a las normas legales. Se licitaron U$S 3.297.4 millones y se observaron U$S 855.2 millones, es decir un 26%".
DENUNCIAS. En ese sentido, otra modificación que se proponen es exigir a los funcionarios públicos que denuncien a las autoridades competentes "los actos de corrupción en la función pública de los que tengan conocimiento", y facilitar los mecanismos de denuncia a través del empleo de medios de comunicación.
En ese punto, también se menciona efectuar una revisión integral del régimen de protección de testigos vigente a fin de asegurar en los casos en que los funcionarios públicos denuncien actos de corrupción en la función pública cuenten con garantías efectivas frente a amenazas o represalias de que puedan ser objeto por cumplir esa obligación.
Asimismo, prevén incluir en la norma la coordinación entre los organismo de contralor (Tribunal de Cuentas, Junta Asesora, Contaduría General de la Nación, Auditoría Interna de la Nación).
Otro aspecto es el acceso a la información pública mediante las garantías que permitan a los ciudadanos el acceso y tutela del derecho a la información pública y fomento del proceso de participación de los organismos de la sociedad civil en los procesos de toma de decisiones en la gestión pública.
DECLARACIONES. Otro asunto a modificar en la ley actual es el sistema en el que se registran y conservan las declaraciones juradas.
La Junta se propone implementar un sistema informático para sustituir el papel, de manera que los funcionarios puedan enviar sus declaraciones por correo electrónico.
El número de declaraciones juradas en custodia de ese organismo llegó a 24.051, lo que hace necesario pensar en la utilización de medios informáticos.
Meses atrás una misión de la Oficina Anticorrupción Argentina estuvo en Uruguay para hacer una presentación del sistema informático que emplean, en el cual los funcionarios utilizando una clave y ciertos elementos de seguridad completan los formularios desde su oficina.
El proyecto propondrá crear sistemas que permitan verificar la información contenida en las declaraciones patrimoniales y establecer infracciones y sanciones pecuniarias por el incumplimiento.
Además pretenden que la declaración jurada permita constituir un instrumento efectivo para evitar y detectar conflictos de intereses y actos o actividades ilícitas.
La Junta Asesora en Materia Económica y Financiera del Estado tiene entre sus cometidos —recogidos en el artículo 4 de la ley 17.060— proponer las modificaciones de normas de su competencia.
Partidos políticos
La Junta Anticorrución ya elaboró un anteproyecto que establece un régimen obligatorio de contabilidad para los partidos políticos y también otro de estados contables sobre el financiamiento de las campañas políticas que refieren al período eleccionario.
El informe que recoge las actividades correspondientes al año 2003, indica que en el anteproyecto se ha condicionado el otorgamiento de exoneraciones a los donantes a los partidos políticos a que los actos de liberalidad, hayan sido registrados en los estados contables respectivos del donante y del donatario; y se ha extendido la exoneración a las donaciones a fracciones con derecho a uso de sublema.
Asimismo se establece la obligación de publicidad en un sitio web de los balances de los partidos políticos, de los informes contables sobre contribuciones a las campañas y sus rendiciones de cuentas, así como de las declaraciones de bienes e ingresos de los candidatos.
El organismo entiende que la regulación en este tema representa "un paso significativo en el combate a fenómenos de corrupción y tráfico de influencias; recoge un clamor de transparencia, publicidad y rendición de cuentas de las actividades de los partidos políticos".