El Poder Ejecutivo enviará la semana próxima al
Parlamento un proyecto de ley que pone un tope
máximo de 70% para las retenciones de salarios,
dejando un 30% de libre disponibilidad.
La iniciativa legal, acordada entre el Ministerio de
Trabajo y el Ministerio de Economía, abarcará a
trabajadores públicos y privados. La medida actuará a
partir de la aprobación de la ley y no revisará contratos
anteriores.
"Desde el principio de nuestro mandato nos preocupó
la protección del salario. En estos momentos difíciles,
hay empleados y pasivos que tienen muy
comprometidos sus ingresos por diferentes
descuentos", aseguró a El País el ministro de Trabajo,
Santiago Pérez del Castillo.
El ministro dijo que probablemente, en una iniciativa
legal aparte, se plantee una fórmula similar para los
pasivos. "Hay casos angustiosos, y a fin de mes no
tienen nada para cobrar", acotó.
El tope de 70% se calculará sobre el salario nominal,
menos los aportes a la seguridad social y el
descuento por el impuesto a las retribuciones
personales.
SIN DATOS. El ministro Pérez del Castillo dijo que la
cartera no maneja datos sobre el nivel de
endeudamiento, en cuanto a personas y montos. No
obstante, reconoció que "es un tema relevante" y que
causa "mucha preocupación".
El jerarca explicó que ha habido muchas leyes que
habilitaron a efectuar descuentos de esta índole, y que
por ello se volvía necesario ordenar la normativa.
"En Uruguay no hay antecedentes: nunca se dio un
tope máximo que englobara a todos los descuentos
posibles", remarcó.
"Por ejemplo, Anda tiene habilitación para descontar
determinada cantidad, la cooperativa bancaria tiene
otro porcentaje; pero, ¿y si se suman varios? ¿el total
puede ser más del 100% del salario líquido del
trabajador?"
El proyecto planteará un orden de prioridades para las
retenciones: en primer lugar pensiones alimenticias,
luego Contaduría General de la Nación (garantías de
alquiler), Banco Hipotecario del Uruguay, en cuarto
lugar préstamos del Banco República y, finalmente,
otros créditos como los establecidos por cooperativas
de ahorro.
En ese sentido, el ministro Pérez del Castillo dijo a El
País que la iniciativa está, básicamente, dirigida al
endeudamiento de los trabajadores con las
cooperativas de consumo. El ministro recordó que el
proyecto no incluye a las tarjetas de crédito, porque no
están autorizadas como agentes de retención del
salario.
"En cuanto a la garantía de alquiler de Anda, el Poder
Ejecutivo reglamentará el orden de prioridades,
respecto de los otros créditos. Vamos a dejarlo para
una reglamentación posterior", insistió Pérez del
Castillo.
Con relación a las actuales situaciones de
sobreendeudamiento, el ministro reafirmó que la
normativa se aplicará "de aquí para adelante" y en el
futuro. "No se trata de refinanciar ni atender al que ya
está muy pasado", destacó.
LEGISLACION. "Con el tope, se pretende hacer
compatible el tener ingresos líquidos a fin de mes, con
la necesidad de obtener un crédito. Todo esto tiene
que complementarse con otras medidas que se irán
estudiando", consignó. Concretamente, citó que otro
proyecto buscará controles en las tasas de interés
"que se están cobrando sobre los saldos".
Pérez del Castillo indicó que "de alguna manera, la
idea se incorpora al concepto de bien de familia"
porque "es proteger de algún modo la congrua
sustentación; los romanos ya hablaban del beneficio
de competencia", agregó.
El tema está hoy regulado por el Convenio
Internacional 95 de la OIT, que este año será tratado
en la Conferencia Internacional del Trabajo. La
experiencia mundial recoge una amplia legislación
comparada sobre el punto.
"Esperemos que el proyecto tenga un rápido
tratamiento en el Poder Legislativo", comentó el
ministro.