Como todos los órganos, también el Poder Judicial tiene sus formas de reprender a quienes no acatan las normas. Abogados y escribanos pueden ser suspendidos.
En el caso de los abogados las faltas que pueden llevar a suspender el ejercicio son cuatro. Y las primeras dos tienen que ver con la cortesía: por faltar el respeto a los magistrados, ya sea por palabra o por escrito, y por expresarse "en términos descompuestos u ofensivos" contra colegas. También pueden ser suspendidos por no obedecer a los magistrados al ser llamados al orden o al mentir.
Para estas faltas se puede prevenir al abogado, apercibirlo o multarlo. De lo contrario puede ser suspendido temporalmente.
Según datos de la Suprema Corte de Justicia, al 24 de febrero existen 22 abogados suspendidos. Sus nombres, apellidos y números de matrícula están disponibles en la página web del Poder Judicial, www.poderjudicial.gub.uy. Algunos casos datan del año 1966, otros de 1996 o 1998 y los más recientes son del año pasado.
Pero los abogados pueden ser suspendidos también al ser procesados por "delito doloso o ultraintencional". En este caso la Suprema Corte de Justicia puede disponer de la suspensión "si el acto ilícito, por su naturaleza, es incompatible con la dignidad y el decoro" de la profesión. Y es la Suprema Corte la que decide levantar la suspensión. Es por esto que en el listado del Poder Judicial está el abogado y ex banquero Jorge Peirano Basso, procesado por insolvencia societaria fraudulenta. Según consta en el sitio web de la página, Basso fue sancionado en julio de 2005 y notificado tan sólo un mes después.
A su vez, también los escribanos pueden ser pasibles de sanción si son procesados por "crimen o delito común" o condenados a prisión. Según la Suprema Corte de Justicia hay 125 escribanos suspendidos. También sus nombres y apellidos aparecen en la página web. En algunos casos la suspensión es permanente y en otros prolongada por un año, dos, cuatro, seis o hasta ocho años.