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Servicios VIP en mutualistas

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@|Los llamados “servicios VIP” que se han instalado en algunas mutualistas dan lugar a una discriminación inaceptable entre los afiliados de las instituciones, ya que crean:

1 - Afiliados tipo A: utilizan las mismas instalaciones de la institución y los mismos médicos que en vez de tener 10 minutos para ser atendidos, tienen 20; que en vez de esperar tres meses para obtener cita para un médico tienen cita en un máximo de una semana; que tienen un barbijo con el logo del servicio VIP; que se les dan las primeras horas para ser atendidos; que tienen coordinación quirúrgica personalizada; que tienen analgesia de parto sin costo; que tienen órdenes sin costo; que tienen coordinación de exámenes de laboratorio a corto plazo; que tienen coordinación personalizada con especialistas; que tienen policlínica de atención integral ocular; que tienen medicina estética; que tienen consultas a domicilio a corto plazo; que tienen atención personalizada en puerta de emergencia y urgencia; que tienen “servicio de anfitrión” en puerta de emergencia y urgencia. Se pueden afiliar en las mismas instituciones mutuales.

2- Afiliados tipo B: son aquellos que tienen que esperar por largo tiempo, horas, en las salas de espera; que se enteran con impotencia que la cita dada con un especialista tiempo antes les es postergada un mes, con el argumento de que “las primeras horas son para los afiliados tipo A” y no valen argumentos de parte de los afiliados reclamando lo que en su momento se les adjudicó; que serán atendidos en 10 minutos; que no tienen analgesia de parto sin costo; que no tienen consultas a domicilio a corto plazo; que tienen que pre pagar las órdenes; que tienen que esperar para que les den cita para exámenes de laboratorio; que no tienen policlínica de atención ocular integral; que no tienen medicina estética, etc.

Estoy totalmente de acuerdo con los seguros privados, siempre que los mismos no se compartan con instituciones mutuales, porque ello deriva en desmedro de la atención de un afiliado mutual y es una discriminación que viola el Art. 8 de la Constitución.

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