Sol Andrade, Miembro del Colegio de Contadores
@|El CCEAU sobre la automatización fiscal y los derechos del contribuyente.
El Colegio de Contadores Economistas y Administradores del Uruguay (CCEAU) entiende que la estrategia de avanzar hacia un sistema tributario más automatizado, con fuerte apoyo en el intercambio de información y nuevas tecnologías, es sin duda el camino correcto y contemporáneo. Pero este avance debe ir acompañado, necesariamente, de una ley que garantice los derechos de los contribuyentes.
Hoy dichos derechos están dispersos en normas secundarias o documentos institucionales, pero carecen de un marco legal sólido. En ese sentido, el proyecto de ley presentado en el Parlamento que propone una Carta de Derechos del Contribuyente es una herramienta indispensable para equilibrar el poder fiscal con la debida protección jurídica.
Hay situaciones reales que muestran esta necesidad. Por ejemplo, jubilados que tributan IASS —un impuesto discutido, aunque dejemos su valoración ética para otra ocasión— muchas veces se enteran, varios años después, que deben sumas importantes al fisco.
Esto ocurre porque consideran que perciben ingresos de un único prestador, dado que se jubilaron por una sola caja. Sin embargo, el BSE, al liquidar la jubilación proveniente de la AFAP, aplica (salvo disposición contraria del pasivo) siempre el Mínimo no imponible y, además, no abona directamente la prestación, sino que la terceriza en el BPS.
Esta actuación facilita que el contribuyente incurra en el error de creer que tiene una única jubilación y, por tanto, que está excluido de la obligación de presentar declaración jurada de IASS.
¿Realmente no estaba esa información disponible para la administración como para advertir a tiempo? ¿Es justo que a esa deuda se le acumulen intereses cuando el problema radica en la forma en que el propio Estado aplica la normativa vigente?
Otro caso: las declaraciones prearmadas de IVA para servicios personales.
¿Se le avisa al contribuyente que también debe contemplar anticipos de IRPF, que no están incluidos? ¿Que el crédito fiscal precargado requiere ajustes conforme a lo deducible y lo que no? ¿O que interpretar correctamente estas normas requiere conocimientos técnicos específicos?
Por eso existen las carreras profesionales en tributación. Y, en este marco, cuando se realizan afirmaciones públicas sobre “gestores” que inducen a error, tanto a la administración como a los contribuyentes, sería igualmente importante destacar —y valorar— a los miles de profesionales que, con formación, ética y compromiso, asesoran correctamente y cumplen un rol esencial en el funcionamiento del sistema tributario.
El proyecto de ley de la Carta de Derechos del Contribuyente introduce elementos innovadores y necesarios. A modo de ejemplo, su artículo 8 sobre interpretación establece: “Los derechos y garantías de los contribuyentes se mantendrán aun en los casos de procedimientos que incluyan inteligencia artificial en forma predictiva o resolutoria (big data y blockchain)”.
Este tipo de garantías no están hoy reconocidas expresamente en la normativa vigente, sencillamente porque estas tecnologías empezaron a utilizarse en tiempos recientes. Sin embargo, el Estado ya las aplica —o proyecta aplicarlas—. Garantizar los derechos en ese nuevo escenario no es solo justo sino urgente.
Automatización, sí; pero siempre acompañada de garantías legales claras, especialmente para los más vulnerables.
Y con diálogo y reconocimiento hacia los profesionales que, con ética y conocimiento, contribuyen cada día a una mejor cultura tributaria.