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Eutanasia

Dr. Carlos María Schroeder Gastelumendi | Montevideo
@|Frente al debate actual en nuestro Parlamento y en nuestra sociedad uruguaya sobre la legalización de la eutanasia, deseo aportar como Médico que soy desde hace 42 años, Internista y Especialista en Neurología desde hace 36 años, los argumentos por los cuales algunos consideramos desde la Ciencia Médica y la Ética que no debe legalizarse la misma.

La OMS (Organización Mundial de la Salud) define la eutanasia como “aquella acción del Médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente”.

Esta definición resalta la intencionalidad del acto médico en el sentido de querer provocar voluntariamente la muerte del paciente, ya sea por acción directa (darle por ej. una inyección letal al enfermo, como el famoso “cóctel lítico”), ó bien no proporcionando el soporte básico para su supervivencia.

Esta acción sobre el enfermo, con intención de quitarle su vida, se debe llamar homicidio.

Aún en la situación de demanda libre y voluntaria del paciente, informado y en conocimiento de su enfermedad (algunos llaman suicidio asistido), no modifica que sea un homicidio, ya que lo que se propone entra en grave conflicto con los principios rectores del Derecho y de la Medicina tradicionales hasta hoy.

Existen tres elementos complejos a tener en cuenta en el debate actual sobre la eutanasia:

1) El consenso: la doctrina del Consenso Democrático convierte el principio legislativo en la única fuente de verdad y bien, dejando la vida humana a merced del número de votos emitidos en un Parlamento. Legislaciones como la del aborto, la clonación humana, la fecundación extracorpórea y las experimentaciones embrionarias son consecuencia de la aplicación del principio de las mayorías. Los derechos humanos no son otorgados por el número de votos obtenidos, ni por el consenso de la sociedad, ni por los partidos políticos, sino que surgen de la dignidad de la vida humana en cuanto el ser humano es un ser que posee libertad y voluntad para buscar y encontrar el bien; esos derechos irrenunciables a la persona humana en función de su dignidad deben, sin embargo, ser reconocidos y defendidos por todos los actores de una sociedad democrática, sea la propia sociedad, los parlamentos ó los partidos políticos.

Quede claro que las votaciones parlamentarias no modifican la realidad del hombre, ni la verdad sobre el trato que se merece.

2) La dignidad de la vida humana: debe sostenerse el principio de que ninguna vida humana carece de valor.

El ser humano es siempre y en cualquier circunstancia excepcionalmente digno, ya sea antes de nacer, al nacer, al vivir, ó cercano a su muerte. Decir lo contrario es contrario a los que nos caracteriza y cohesiona como sociedad democrática.

Legalizar la eutanasia es considerar ó declarar una derrota social, política y médica ante el enfermo que no acabará con las dudas de consciencia de los pacientes, de los familiares y de los médicos ante el hecho de quitarle la vida.

3) La Autonomía Personal: no es un absoluto. Al ser esencialmente el hombre un ser social, nuestra libertad personal queda siempre ligada, interconectada a la responsabilidad por todos aquellos que nos rodean y, en definitiva, a la humanidad entera. Uno no puede ni debe querer la libertad sólo para sí mismo debido a que no hay ser humano sin los demás.

Precisamente, la convivencia pacífica en una sociedad democrática nos obliga a aceptar las normas de convivencia que hacen al bien común: leyes, pago de impuestos, normas que en ningún momento son cuestionadas como límites a la libertad personal.

Pensemos qué cultura dejaremos a nuestros hijos y a las generaciones posteriores si les transmitimos que tanto las personas enfermas, como los débiles, los seres indefensos, los no nacidos, ¿no merecen el cuidado y el respeto de todos?

¿Cómo es que no consideramos un bien social la protección legal de la vida en su finitud?

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