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Cálculos erróneos, sin querer o no...

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@|Hace muchos años, cuando por primera vez un grupo de jubilados recurrió contra el IRPF de sus pasividades, la Suprema Corte dictaminó a favor de tal reclamación, ya que se violaba groseramente el Art. 67 de la Constitución de la República, que lo prohíbe expresamente.

Frente a ello, el gobierno de la época, un breve tiempo después, inventó el IASS para sustituirlo; que al ser tratado nuevamente por la Corte, esta vez con un cambio en su integración, declaró constitucional esta nueva Ley que en su contenido era similar a la anterior.

Imaginemos que un delincuente es juzgado por la Justicia y se le halla culpable y poco tiempo después, se presenta con otro nombre y apellido para declararlo ahora inocente. Parecería no tener visos de seriedad el nuevo dictamen...

Y si se suma a estos 13 años de ilegalidades (4.7.08) agregando otra ilegalidad por efecto de la Ley 18.396 del 11.11.08, sobre una Caja para estatal vinculada al mundo financiero, donde sus pasivos, luego de aportar hasta 45 años ininterrumpidos, mes a mes, sin corte alguno y sin siquiera acercarse en su enorme mayoría a ingresos de legisladores, son castigados con 3 o 4 impuestos incluido el Fonasa y la Ley Covid-19. Todos calculados sobre el nominal; quiere decir que las tasas son más altas de lo que dictan las leyes.

¿Será que las autoridades económicas no se dan cuenta de este atropello? ¿Será que los procedimientos desleales de administraciones anteriores son imitados?

Quienes deberían llamar la atención de esto no dicen nada, pese a que durante años se colaboró con sus cláusulas sindicales.

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