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430.023 firmas

Juan Pedro Arocena | Montevideo
@|¿Son 430.023 voluntades contra la Patria? Parecería que sí porque como dice Rodolfo Saldain: “Si esto triunfa arruina al país”. Ya sea por interés, por fanatismo o por simple ignorancia, en los hechos, en las elecciones de este año se plebiscitará si vamos o no al despeñadero. Para Gustavo González, secretario general de FUCVAM, es una pelea por los derechos del pueblo, “…como lo hicimos contra la dictadura” (cuando no la dictadura). Sergio Sommaruga, dirigente de los gremios de la educación, sacó a relucir “la conciencia de clase” y la lucha contra “el modelo neoliberal”. Son parte de las letanías de una religión política que aun cuenta con apóstoles fanáticos que las repiten ya totalmente fuera de todo contexto social o histórico real, pero que son capaces todavía de seducir a cientos de miles con sus cantos de sirenas.

Haciendo números, si el padrón consta de 2.765.130 electores y teniendo en cuenta un ausentismo de alrededor del 10%, serán necesarios unos 1.245.000 votos por el sí para que haya reforma constitucional; es decir, la “mayoría absoluta de los ciudadanos que concurran a los comicios”. Para la Academia de Economía, si bien se trata de un evento de muy baja probabilidad (no cuenta siquiera con la unanimidad del FA) tendría un impacto de tales dimensiones que lo convierte en una amenaza verdaderamente preocupante. En términos de similar alarma se han pronunciado el CERES, el CINVE y el CED en un foro que organizó la propia Academia de Economía. Ningún técnico reconocido se ha pronunciado a favor del texto de la papeleta que se plebiscitará.

El artículo 79 inciso 2º de nuestra Constitución, determina que el recurso del referéndum contra las leyes, no alcanza a las materias de iniciativa privativa del PE, tales como las que establezcan tributos, (artículo 133: exoneraciones tributarias, salarios mínimos, fijación de precios). Siendo así, nuestra Carta Magna, limita aquello de “vox populi, vox Dei”, y lo hace en base a diversos fundamentos entre los que destacamos: a) es el PE el responsable final de la gestión financiera del Estado, b) es también el PE el poder del Estado que cuenta con mayor capacidad técnica para discernir en materia de la administración financiera y c) es cometido del PE velar por la disciplina fiscal, el combate a la inflación y el desarrollo económico. Lo que no menciona la cátedra de Derecho Constitucional es la razón del artillero (la más poderosa de todas las esgrimidas): si mediante los mecanismos de democracia directa se pudieran sancionar exoneraciones o derogar impuestos, no habría Estado de Derecho que fuera viable.

En palabras del constitucionalista Martín Risso, incluir en un texto constitucional la baja a 60 años de la edad jubilatoria implica bloquear un tema que debe ser cometido de la ley (no de la Constitución) ya que estamos ante una materia en constante evolución a nivel mundial.

Así es como el PIT- CNT ha encontrado la manera de trampear nuestro ordenamiento jurídico, llegando al punto de dilucidar a través de mecanismos de democracia directa algo que es muy similar a bajar impuestos, como sería esta simplificación del planteo de “ganar más trabajando menos”.

Lo anterior, sin perjuicio de someter a Uruguay a la posibilidad de transformarse en un estado fallido frente a 21.500 millones de dólares (26.5% del PIB) que serán confiscados y que podrán ser motivo de juicios contra el Estado. El aumento de tributación necesario para financiar este despropósito ronda en 10 puntos porcentuales de IVA. Este impensable aumento de la carga tributaria significaría también un altísimo estímulo a la evasión. Adicionalmente el sistema financiero sería severamente perjudicado por el retiro de actores institucionales vitales como las AFAP, el ahorro se vería fuertemente restringido y se perdería el grado inversor.

Lo del principio: tenemos dentro de Uruguay a la antipatria y no son pocos.

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