RICARDO REILLY SALAVERRI
En el mundo contemporáneo -en países con condiciones de vida de buena calidad- se dan fenómenos similares. El número de personas que nacen está estancado, y la gente de más de 60 años vive mucho más que antes. Así, se advierte con proyecciones de riesgo la situación de la cobertura de la vejez (y de la incapacidad) por la seguridad social en el futuro inmediato.
Tradicionalmente se dice que el número de los activos es cada vez menor y el de los pasivos mayor por lo que -en función del principio de solidaridad intergeneracional, que reza que quienes están en condiciones de trabajar deben solventar las necesidades de quienes contribuyeron en la vida a su desarrollo y hoy son adultos mayores- cuanto menor es el número de los activos y mayor el de los pasivos, más difícil se hace la situación financiera que se destina a solventar a jubilados y pensionistas.
Particularmente en Europa, cuyos números son similares a los de nuestro país, se han venido aumentando las edades para la jubilación plena, existiendo regímenes que la ubican en los 67 años y otros que apuntan hacia esa exigencia, lo que da lugar a extendidas protestas sociales (caso por ejemplo de Francia y España).
En el Uruguay lo más consistente históricamente hasta este momento respecto del retiro es el sistema de ahorro que los activos realizan a través del aporte a los fondos complementarios, un sistema que si no es manoseado y distorsionado, en la parte de la pasividad que corresponde al aporte a ellos realizado, se asegura a los afiliados al sistema que recibirán al retiro una suma ajustada a lo que han aportado a él.
Notoriamente la mayoría de las actuales pasividades es de monto muy bajo. Y, también notoriamente son muchísimos los jubilados y pensionistas del BPS que trabajan en negro. En parte, a veces porque quieren trabajar, y siempre porque lo que reciben como retiro no les da para vivir.
Antes hemos mencionado un proyecto de ley que se encuentra en Diputados y que entendemos es de necesaria sanción y que merece trato rápido. Referimos al proyecto que habilita a que sea compatible "la percepción de la jubilación común con el desempeño de una nueva actividad remunerada posterior a dicha jubilación, y amparada dicha actividad por el mismo sector de afiliación al Banco de Previsión Social".
Salvo la actividad docente, las tareas que se permitirían realizar debe ser en empresas distintas a aquellas para las que el pasivo trabajó durante los 10 años anteriores a su jubilación. Tampoco puede tratarse de actividades bonificadas -por razones de durísima exigencia- por lo que se exceptúan las de naturaleza docente.
Para que la nueva actividad sea acumulable a los años de servicio anteriores deben pasar por lo menos dos años de actividad desde el reingreso a la misma.
Tal, lo principal del proyecto de ley aludido, que permitiría regularizar la situación de quienes trabajan y que por su condición de pasivos del BPS, corren hasta el riesgo de perder su jubilación al desarrollar actividades. Y, que lo hacen, normalmente, de forma clandestina, porque no tienen más remedio.