Embalaje peligroso

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DANILO ARBILLA
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Una fiscal y una jueza violaron la ley que garantiza la reserva de las fuentes a los periodistas y no pasó más nada. Siguen en sus cargos. Es que el derecho a la libertad de expresión es el menos protegido de todos los derechos.

No me voy a ocupar de los hechos específicos y primeros que dieron lugar. A partir de ellos todo fue muy contaminado: fundamentalismo, partidarización política, oportunismo, demagogia, miedos inadmisibles, competencia y cuestiones personales y cosas menores. Hubo de todo, lo que, dado el clima creado, hace dudar de que tanto ella como ellos cuenten efectivamente con las garantías debidas. Mucho clamor desde la tribuna. Y muchos elementos que dan pie a críticas y suspicacias sobre militancias ideológicas y partidarias que empañan a la justicia. Que ponen en tela de juicio la neutralidad de fiscales y jueces. No es bueno.

Hubo un peligroso embalaje alentado por declaraciones de todo tipo y de todos lados, que notoriamente -y tómese como atenuante- confundieron o empujaron a fiscal y jueza, que arremetieron casi que sumándose al linchamiento. Y fueron contra el periodista y su derecho a mantener el secreto de sus fuentes. Esto es sagrado y en Uruguay es ley; además de contar con las garantías constitucionales y de convenciones y pactos internacionales. Y todo ello fue lo que violaron fiscal y jueza. Lo hicieron en función de un delito -dudoso, que atenta contra la libertad de expresión- previsto en otra ley, que aparentemente se paso por alto esos detalles.

Para peor el propio texto de la orden judicial huele a militancia, a fundamentalismo, a pertenencia, a identidad y a la vez a inquina contra el periodista, quizás más que contra el periodismo en general. Es mi impresión. Y mi miedo. ¿Por qué no cumplieron con el requisito previo de llamar al periodista y a la radio pidiéndole los elementos que necesitarían y podrían servirles para las investigaciones? No esperaron a que les dijeran que no. Palo y palo. Repito, es grave.

También muy grave es la existencia de esa ley (19,580) y un articulo (92) -y algún otro, muy confusos, lo que los hace más peligrosos- que prevé la criminalización de los periodistas por hechos cometidos en ejercicio de su profesión. Uruguay no estaba tan bien como se creía. Hubo fallas. Se retrocedió algunos lugares. Pero se puede y debe modificar. Es en defensa de derechos y de la libertad de la totalidad.

De la Asociación de Abogados Penalistas: “-La actividad periodística y, fundamentalmente, la protección del secreto profesional sobre la fuente de la información tiene protección de orden constitucional, convencional y legal, que no puede ser violentada por medidas como las dispuestas…”.

“El ejercicio de la libertad de prensa por un periodista es un caso tradicional de causa de justificación (artículo 28 Código Penal), por estar sus actos legitimados por la profesión que desempeña, lo cual impide que puedan ser perseguidos criminalmente”.

“Las fuentes de información de la prensa desaparecerán si se intenta legitimar medidas como las dispuestas ya que nadie tendrá la certeza que los secretos confiados al periodista y la identidad u otros datos del informante no habrán de ser conocidos”.

“Es tan inadmisible que un Fiscal solicite esa tan grave medida lesiva de la libertad de prensa y el secreto de la fuente como que un Juez de Garantía la conceda”.

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