Pronto vence el plazo para presentar la declaración jurada por IRPF-IASS 2025: la fecha límite de DGI

Corren los últimos días para que realicen este trámite los contribuyentes que deban presentar la declaración jurada ante la Dirección General Impositiva. Mirá hasta qué día se puede hacer la gestión.

Fachada de la Dirección General Impositiva (DGI).
Fachada de la Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

Redacción El País
Está por vencer el plazo establecido por la Dirección General Impositiva (DGI) para que los contribuyentes obligados a presentar una declaración jurada por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) realicen el trámite a tiempo.

Fecha límite para presentar la declaración jurada por IRPF-IASS 2025

De acuerdo con el calendario de la campaña de IRPF-IASS 2025, la declaración jurada se puede presentar hasta el jueves 28 de agosto de 2025, que es cuando finaliza el plazo estipulado por DGI.

Paso a paso, cómo presentar la declaración jurada por IRPF 2025

DGI indica que la declaración jurada de IRPF correspondiente al año 2024 se puede realizar en línea de esta manera:

  1. Ingresar a la declaración en línea o a la app de DGI con su identidad digital. DGI explica que la identidad digital es una garantía mayor de seguridad. Puede obtenerse en redes de cobranza, puntos de Atención a la Ciudadanía o locales de DGI, o también se puede utilizar la cédula electrónica.
  2. Revisar los datos precargados. La primera línea del formulario ya informa si tiene saldo a pagar o un crédito a cobrar en base a los datos precargados, indica la DGI, que además agrega que se pueden editar esos datos o agregar otros. Sin embargo, si el contribuyente está de acuerdo con el resultado, tan solo necesita confirmar la declaración. Para más información sobre los datos a verificar, acceda a este enlace de DGI.
  3. Confirmar la declaración si se está de acuerdo con el resultado. Si surge un saldo a pagar, se puede abonar ahí mismo en línea o en redes de cobranza mencionando su cédula. En caso de que se tenga una devolución pendiente, DGI realizará los controles correspondientes e informará si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones. También se puede consultar por el estado de la devolución en la página de DGI o por WhatsApp, al número 098134400.
Dirección General Impositiva (DGI).
Dirección General Impositiva (DGI).
Foto: Archivo El País.

La DGI también ofrece un video con un tutorial explicando cada paso para la declaración de IRPF.

Cómo presentar la declaración jurada por IASS 2025

La DGI también ofrece un instructivo que detalla los tres pasos para realizar la declaración jurada por IASS:

  1. Ingresar a la declaración en línea de IASS con su cédula y clave mediante la identidad digital.
  2. Revisar los datos precargados en la web, verificando los datos personales y luego los ingresos y retenciones. En créditos por arrendamientos se puede revisar o ingresar la suma de arrendamientos del año que se declara y los datos del inmueble y del arrendador, indica la DGI.
  3. Confirmar la declaración de IASS. Si el contribuyente está de acuerdo con el resultado, en la pantalla de “Liquidación” puede confirmar la declaración y luego enviarla a DGI, indica el organismo. Además, si surge un saldo a pagar, se puede abonar en línea ahí mismo o en redes de cobranza con un número de cédula. Si surge una devolución, se puede consultar por el estado en “Consulta de Devoluciones” o mediante WhatsApp al número 098134400, y una vez que esté pronta, se puede cobrar la devolución por banco o redes de cobranza. Y por último, si la declaración tiene observaciones, se le comunicará por correo electrónico o SMS.

El siguiente video explica todos los pasos a dar en la declaración jurada IASS 2025.

Plazos para pagar el saldo por IRPF-IASS 2025

Los contribuyentes del IRPF y del IASS que deban pagar después de realizar su declaración jurada, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente a 2024 en cinco cuotas iguales, de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos establecido por DGI:

1era. cuota29 de agosto de 2025
2da. cuota30 de setiembre de 2025
3era. cuota31 de octubre de 2025
4ta. cuota28 de noviembre de 2025
5ta. cuota30 de diciembre de 2025

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

DGIIRPFIASS

Te puede interesar