Redacción El País
La Dirección General Impositiva (DGI) estableció plazos para que los contribuyentes que hayan tenido que presentar una declaración jurada y ahora tengan un saldo pendiente realicen sus pagos correspondientes por el el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
Los contribuyentes del IRPF y del IASS que deban pagar después de realizar su declaración jurada, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente a 2024 en cinco cuotas iguales, de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos establecido por DGI:
| 1era. cuota | 29 de agosto de 2025 |
| 2da. cuota | 30 de setiembre de 2025 |
| 3era. cuota | 31 de octubre de 2025 |
| 4ta. cuota | 28 de noviembre de 2025 |
| 5ta. cuota | 30 de diciembre de 2025 |
Como indica este plan de pagos, el vencimiento de la primera cuota es este viernes 29 de agosto de 2025.
Cabe resaltar también que quienes deban presentar una declaración jurada por IRPF o IASS tienen hasta este jueves 28 de agosto para realizar ese trámite ante la DGI.
¿Cómo se paga el saldo de IRPF e IASS por internet?
La DGI explica que el pago por IRPF o IASS se puede realizar generando un boleto automático ingresando en la declaración jurada en línea y también se puede abonar completando el boleto en forma manual.
- Para pagar con boleto automático, se debe ingresar en la declaración en línea para generar los boletos de pago o pagar los ya generados. Para pagar el saldo de IRPF, hacer clic en este enlace. Para pagar el saldo de IASS, se debe ingresar a este enlace. Al ingresar, deberá seleccionar la opción “Generar boletos de pago” si aún no los generó o “Ver boletos de pago” si los había generado previamente, indica DGI, que también ofrece el siguiente tutorial para realizar los pagos:
- La otra opción es pagar el saldo completando el boleto en forma manual. A través de este enlace se puede generar un boleto de pago. El pago en forma manual se hace cuando se realiza la declaración jurada mediante aplicaciones descargables. Para realizarlo, se debe ingresar a Boleto de pago 2908 – Generación, impresión y pago, completar los datos solicitados en cada paso (número de RUT —cédula, RUC o NIE—, impuesto que corresponda, fecha que corresponde e importe) y, una vez confirmado, se muestran los datos ingresados, incluyendo el número de boleto generado. Es importante recordar que se debe elaborar un boleto por cada cuota.
Una vez generados los boletos de pago, el saldo se puede abonar a través de redes de cobranza o vía web, a través de bancos habilitados.
Para pagar en redes de cobranza, no es necesario que imprima los boletos, solo con su número de cédula de identidad le indicarán los boletos disponibles y podrá abonarlos, informó la DGI.
Para más información, puede ingresar al sitio web de la DGI.