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¿Cómo se define la eutanasia?
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¿Quiénes pueden hacer uso del derecho a la eutanasia?
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¿Cómo se inicia el proceso de solicitud de eutanasia?
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¿Puede el médico rechazar la solicitud?
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¿Qué sucede cuando el médico acepta la solicitud?
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¿Qué pasa si una persona no puede firmar la solicitud de eutanasia?
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¿En qué instituciones puede realizarse la solicitud de eutanasia?
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¿Pueden oponerse las instituciones o los médicos a realizar el procedimiento de eutanasia?
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¿Puede arrepentirse el paciente?
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¿Qué es la ley del buen morir o la voluntad anticipada?
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¿Cuáles son los trámites posteriores a la eutanasia?
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¿Qué cambios registra el certificado de defunción?
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¿Cómo se define la eutanasia?
El artículo 3 del proyecto de ley define la eutanasia como el procedimiento, realizado por un médico o por su orden, para provocar la muerte de la persona que se encuentra en las condiciones previstas en el artículo 2 y si así lo solicita.2
¿Quiénes pueden hacer uso del derecho a la eutanasia?
Según el artículo 2, toda aquella persona mayor de edad y psíquicamente apta que “curse la etapa terminal de una patología incurable e irreversible”, o que derivado de esta padezca “sufrimientos que le resulten insoportables”, tiene el derecho a solicitar la eutanasia. Podrán ampararse en la ley los uruguayos naturales o legales y también los extranjeros que acrediten su residencia en el país.3
¿Cómo se inicia el proceso de solicitud de eutanasia?
El proyecto de ley establece que quien quiera recibir asistencia para morir deberá solicitarla personalmente a un médico de forma escrita. El paciente, entonces, debe firmar la solicitud ante el médico. Así, el médico debe dejar constancia en la historia clínica de que la persona cursa una etapa terminal con una patología incurable e irreversible. Se establece que el médico debe dialogar con el paciente, brindándole información sobre tratamientos disponibles y cuidados paliativos, y también debe verificar que la voluntad de morir sea definida en libertad, de forma seria y firme.4
¿Puede el médico rechazar la solicitud?
Según el proyecto, si el médico rechaza el procedimiento por alguna razón, el paciente puede formular una nueva solicitud ante otro médico. La respuesta puede demorar hasta tres días. Si el segundo médico lo rechaza, se deberá convocar a una junta médica que deberá expedirse en un plazo no mayor a cinco días. La junta debe estar integrada por tres médicos: un psiquiatra y un especialista en la patología que padece el paciente. El tercer médico se definirá en la reglamentación de la ley.5
¿Qué sucede cuando el médico acepta la solicitud?
El proyecto de ley establece que, si el médico acepta, deberá someter la solicitud de asistencia para morir a consideración de un segundo médico, que también tendrá una consulta presencial con el paciente y estudiará la historia clínica. El plazo no puede superar los cinco días. Si el segundo médico confirma la opinión del primero, se sigue con el curso del pedido. Después de la segunda entrevista, y no antes de cinco días, el médico tratante tendrá una nueva entrevista con el paciente. Allí deberá ratificar la voluntad de poner fin a su vida. El plazo puede ser menor a cinco días solo si el médico entiende que hay riesgo de que el paciente pierda la capacidad de expresar válidamente su voluntad en ese período. Durante la entrevista, el paciente deberá hacer constar por escrito ante dos testigos su voluntad de morir. Ninguna de las dos personas puede ser beneficiaria económica a causa de la muerte del declarante. Si el paciente expresa su última voluntad, entonces el médico procederá a cumplirla cuando y donde el paciente lo decida.6
¿Qué pasa si una persona no puede firmar la solicitud de eutanasia?
La solicitud de la eutanasia debe ser personal y por escrito ante un médico, según establece el proyecto de ley. Pero si la persona no sabe o no puede por algún impedimento, lo debe realizar otra persona mayor de edad, y debe estar presente junto al paciente con el médico.7
¿En qué instituciones puede realizarse la solicitud de eutanasia?
En el artículo 6 se afirma que: “Todos los prestadores integrales de salud que forman parte del Sistema Nacional Integrado de Salud, incluidos los Servicios de Sanidad Policial, Sanidad Militar y el Hospital de Clínicas de la Universidad de la República deben poner a disposición de sus usuarios los servicios necesarios para el ejercicio del derecho regulado por la presente ley y sólo ellos, por intermedio de los médicos y equipos de salud que integren sus cuadros funcionales, pueden prestarlos.”8
¿Pueden oponerse las instituciones o los médicos a realizar el procedimiento de eutanasia?
Sí. En el artículo 7 se establece que “el médico y los demás integrantes del equipo asistencial cuyos servicios se requieran para el ejercicio del derecho regulado por la presente ley, podrán oponer válidamente la objeción de conciencia para negarse a prestarlos. En tal caso, la institución de asistencia médica determinará quién o quiénes deban sustituir a el o a los objetores, garantizando siempre la prestación del servicio.” En el artículo 8 además se explicita: “No cometen delito y están exentos de responsabilidad penal, civil y de cualquier otra índole el médico y los demás integrantes del equipo asistencial que prestan asistencia a quien pide ayuda para morir y actúan de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.”9
¿Puede arrepentirse el paciente?
El procedimiento es cancelable en cualquier momento. El paciente puede arrepentirse, y eso obliga al cese inmediato de cualquier paso a seguir, sin importar en qué instancia del proceso se esté.10
¿Qué es la ley del buen morir o la voluntad anticipada?
La Ley N° 18.473 en Uruguay. conocida como la ley "del buen morir" o de voluntad anticipada, establece que toda persona mayor de edad y psíquicamente apta, en forma voluntaria, consciente y libre, tiene derecho a oponerse a la aplicación de tratamientos y procedimientos médicos, salvo que con ello afecte o pueda afectar la salud de terceros. La persona tiene derecho de expresar anticipadamente su voluntad en el sentido de oponerse a la futura aplicación de tratamientos y procedimientos médicos que prolonguen su vida en detrimento de la calidad de la misma, si se encontrare enferma de una patología terminal, incurable e irreversible.11
¿Cuáles son los trámites posteriores a la eutanasia?
Una vez producida la muerte del paciente, el médico tratante lo comunicará al Ministerio de Salud Pública (MSP), remitiendo copia de la historia clínica. Si la cartera entiende que hubo un apartamiento grave del procedimiento legal, debe comunicarlo a la Fiscalía General de la Nación.12
¿Qué cambios registra el certificado de defunción?
El proyecto establece que en el certificado de defunción del paciente debe indicarse la causa básica de la muerte y, además, se debe hacer constar que la eutanasia fue la causa final.Producción: Martín Neira y Florencia Traibel