El Secretario de la Junta Nacional de Drogas, Milton Romani, explicó que el proyecto de ley que regula el consumo y publicidad de alcohol no tiene la intención de lesionar derechos ni garantías, sino velar por el derecho de terceras personas y por la salud pública.
Además, propone un marco regulatorio y no persigue a consumidores ni a comerciantes debidamente habilitados, mediante un registro que no existe en la actualidad. Para el titular de la JND tanto consumidores como comerciantes, serán favorecidos por el futuro ordenamiento.
El proyecto intenta ilustrar los daños a la salud, sociales y económicos a los que conduce el consumo abusivo del alcohol. En este sentido, se explicita que los siniestros de tránsito, con un 40% de casos fatales por ingesta abusiva de alcohol, son la primera causa de muerte en jóvenes entre 18 y 29 años. También revela que el inicio del consumo es a edades cada vez más tempranas y que 4 de cada 10 jóvenes menores, declara una intoxicación alcohólica en los últimos 15 días. Por su parte, la última Encuesta de Hogares de 2006, 230.000 uruguayos admiten problemas de abuso o dependencia.
El consumo abusivo de alcohol está asociado a casos de violencia doméstica, de riñas y otros episodios de convivencia y seguridad ciudadana. En algunas áreas laborales, también es responsable del ausentismo y los accidentes laborales.
En cuanto a las limitaciones a la venta, expendio y consumo de bebidas alcohólicas, Romani señaló que se prohíbe la venta, expendio o suministro a cualquier título, en los quioscos, estaciones de servicios y anexos, en los puestos de venta ambulante o cualquier otro local comercial que no esté especialmente registrado y autorizado para dicha venta o expendio. Tampoco se podrá vender bebidas alcohólicas en locales de espectáculos, y/o entretenimientos de tipo de juegos electrónicos y pool entre otros.
En referencia a los eventos deportivos o espectáculos culturales, la prohibición alcanza a la zona de influencia con un radio de 500 metros, dos horas antes y dos horas después del evento, salvo autorización expresa de autoridad competente.
Con respecto a la publicidad, promoción y patrocinio de bebidas alcohólicas, el jerarca dijo que se deja constancia que todos los artículos están referidos a la protección de los menores de 18 años como receptores o como actores de mensajes publicitarios sobre bebidas alcohólicas. Incluyen restricciones en horarios centrales de televisión e incorporan la obligación de dedicar un 25% de todo espacio promocional, con mensajes de tipo preventivo.
En base a Sepredi