El Poder Ejecutivo enviará la semana próxima al Parlamento un proyecto de ley que pone un tope máximo de 70% para las retenciones de salarios, dejando un 30% de libre disponibilidad.
La iniciativa legal, acordada entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía, abarcará a trabajadores públicos y privados. La medida actuará a partir de la aprobación de la ley y no revisará contratos anteriores.
"Desde el principio de nuestro mandato nos preocupó la protección del salario. En estos momentos difíciles, hay empleados y pasivos que tienen muy comprometidos sus ingresos por diferentes descuentos", aseguró a El País el ministro de Trabajo, Santiago Pérez del Castillo.
El ministro dijo que probablemente, en una iniciativa legal aparte, se plantee una fórmula similar para los pasivos. "Hay casos angustiosos, y a fin de mes no tienen nada para cobrar", acotó.
El tope de 70% se calculará sobre el salario nominal, menos los aportes a la seguridad social y el descuento por el impuesto a las retribuciones personales.
SIN DATOS. El ministro Pérez del Castillo dijo que la cartera no maneja datos sobre el nivel de endeudamiento, en cuanto a personas y montos. No obstante, reconoció que "es un tema relevante" y que causa "mucha preocupación".
El jerarca explicó que ha habido muchas leyes que habilitaron a efectuar descuentos de esta índole, y que por ello se volvía necesario ordenar la normativa.
"En Uruguay no hay antecedentes: nunca se dio un tope máximo que englobara a todos los descuentos posibles", remarcó.
"Por ejemplo, Anda tiene habilitación para descontar determinada cantidad, la cooperativa bancaria tiene otro porcentaje; pero, ¿y si se suman varios? ¿el total puede ser más del 100% del salario líquido del trabajador?"
El proyecto planteará un orden de prioridades para las retenciones: en primer lugar pensiones alimenticias, luego Contaduría General de la Nación (garantías de alquiler), Banco Hipotecario del Uruguay, en cuarto lugar préstamos del Banco República y, finalmente, otros créditos como los establecidos por cooperativas de ahorro.
En ese sentido, el ministro Pérez del Castillo dijo a El País que la iniciativa está, básicamente, dirigida al endeudamiento de los trabajadores con las cooperativas de consumo. El ministro recordó que el proyecto no incluye a las tarjetas de crédito, porque no están autorizadas como agentes de retención del salario.
"En cuanto a la garantía de alquiler de Anda, el Poder Ejecutivo reglamentará el orden de prioridades, respecto de los otros créditos. Vamos a dejarlo para una reglamentación posterior", insistió Pérez del Castillo.
Con relación a las actuales situaciones de sobreendeudamiento, el ministro reafirmó que la normativa se aplicará "de aquí para adelante" y en el futuro. "No se trata de refinanciar ni atender al que ya está muy pasado", destacó.
LEGISLACION. "Con el tope, se pretende hacer compatible el tener ingresos líquidos a fin de mes, con la necesidad de obtener un crédito. Todo esto tiene que complementarse con otras medidas que se irán estudiando", consignó. Concretamente, citó que otro proyecto buscará controles en las tasas de interés "que se están cobrando sobre los saldos".
Pérez del Castillo indicó que "de alguna manera, la idea se incorpora al concepto de bien de familia" porque "es proteger de algún modo la congrua sustentación; los romanos ya hablaban del beneficio de competencia", agregó.
El tema está hoy regulado por el Convenio Internacional 95 de la OIT, que este año será tratado en la Conferencia Internacional del Trabajo. La experiencia mundial recoge una amplia legislación comparada sobre el punto.
"Esperemos que el proyecto tenga un rápido tratamiento en el Poder Legislativo", comentó el ministro.