Procurador quiere reforma que reduzca casos en TCA

Cree necesaria ley que obligue al Estado a cumplir sentencias

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Gualberto Pérez Riestra recientemente asumió el cargo de procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, tras desempeñarse como fiscal de gobierno.

Pérez Riestra -que sustituye al fiscal Miguel Langón- considera que son necesarios cambios en el trámite de los casos que llegan al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), que faciliten el funcionamiento del órgano y reduzcan los tiempos en que se emiten fallos.

Para el jerarca, la modificación fundamental pasa por restringir la cantidad de casos que llegan al TCA. Considera que un órgano que tiene el mismo rango que la Suprema Corte no debe pronunciarse sobre casos de tan variada importancia y monto de dinero en juego. Los ministros del TCA y el procurador analizan desde la legalidad de multas de tránsito y sanciones a funcionarios públicos, hasta licitaciones millonarias.

Por ello, Pérez Riestra coincide con la mayor parte de la doctrina, en que es necesario crear tribunales unipersonales inferiores al TCA que juzguen en primera instancia los casos más leves. Consideró que incluso pueden existir tribunales de apelación. Destacó que para crear estas salas es necesaria una ley votada por tres quintos de votos del Parlamento.

Según Pérez Riestra, es sustancial que se facilite el acceso del ciudadano a defender sus derechos cuando los considera lesionados, para lo que consideró que se debe acotar los plazos para el agotamiento de la vía administrativa -requisito previo para presentar un caso al TCA-. Incluso afirmó que se debería transformar el recurso jerárquico en una vía opcional o directamente prescindir de la vía administrativa. Aclaró que estas opciones necesitan una modificación constitucional.

El tercer punto que para Pérez Riestra exige una reforma es la falta de previsión legal de cumplimiento obligatorio de fallos del TCA, que a veces deja en indefensión a personas que lograron una sentencia anulatoria. Dijo que es necesaria la posibilidad de una ejecución coactiva de las sentencias. Señaló que el mayor problema se da cuando la anulación supone un hacer de la Administración, como cumplir con un ascenso o reintegrar a un funcionario.

"En esos casos, el TCA no pasó de una mera intimación de cumplimiento, ya que la ley no prevé la posibilidad de una ejecución coactiva, la que considero es necesaria", concluyó.

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