I) Aspectos institucionales
Sistema Nacional de Educación Pública
- Ministerio de Educación y Cultura
-ANEP
-Universidad de la República
Será coordinado por la Comisión Coordinadora de la Educación Pública integrada por el ministro o subsecretario de Educación y Cultura; director de Educación del MEC, rector o vicerrector de la Udelar, dos integrantes del Consejo Directivo Central de la Udelar, presidente de Anep, dos integrantes del CDC de la ANEP
Autoridades
Comisión Nacional de Educación (Comine)
Integrada por todos los actores públicos de la Enseñanza, representantes de ministerios, del Inau, representantes de instituciones educativas privadas, representantes del Pit-Cnt, de los empresarios, de los gremios docentes, de los estudiantes, del movimiento cooperativo, de la organizaciones no gubernamentales.
Congreso Nacional de Educación
Ámbito plural, de debate del Sistema Nacional de Educación. Tiene carácter asesor y consultivo. Lo convoca la Comine como mínimo el primer año de cada período de gobierno.
Administración Nacional de Educación Pública (Anep)
-Consejo Directivo Central
5 miembros:
3 integrantes designados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros y con venia del Senado. 2 integrantes serán electos por el cuerpo docente según una reglamentación a aprobarse por parte del Poder Ejecutivo. La elección será controlada por la Corte Electoral.
Los directores generales de los Consejos y del Consejo del Instituto Universitario de Educación podrán integrar el CDC con voz y sin voto.
-Consejo de Educación Inicial y Primaria
-Consejo de Educación Media Básica
-Consejo de Educación Media Superior
-Consejo de Educación técnico-profesional (UTU)
Estos tres consejos serán de 3 miembros: 2 designados por el Consejo Directivo Central con al menos cuatro votos o por mayoría después de los 60 días de instalado el organismo rector. El tercer miembro será electo por el cuerpo docente, de acuerdo con la reglamentación y en elecciones controladas por la Corte Electoral.
Cada consejo tendrá una Asamblea Técnico Docente con derecho a iniciativa y de función consultiva.
- Instituto Universitario de Educación.
Será un órgano desconcentrado de la Anep y otorgará títulos a maestros, profesores y educadores sociales.
Una comisión integrada por el MEC, la Anep, Inau y la Udelar formulará una propuesta de estructura en un año. Funcionará en cogobierno con docentes, estudiantes y egresados.
-Institutos de Educación Terciaria
Una comisión de trabajo integrada por el MEC, la ANEP, el Consejo de Educación Técnico Profesional y la Udelar formulara un proyecto académico y organizativo para estas instituciones para el dictado de carreras terciarias.
Movilidad. Los estudiantes podrán hacer reconocer y revalidar conocimientos y créditos adquiridos en cualquiera de los niveles educativos lo que permitirá la movilidad horizontal entre diferentes carreras.
Transversalidad. Se establecen líneas transversales para: educación en derechos humanos, educación ambiental, educación artística, educación científica, educación lingüística, educación por el trabajo, educación para la salud, educación sexual, educación física, recreación y deporte.
Consejos de Participación. Todos los centros educativos tendrán un Consejo de Participación integrado por estudiantes, docentes, padres y representantes de la comunidad.
II) Niveles de la Educación
0 - Educación inicial de 3 a 5 años de edad
1 -Educación primaria. 6 años
2 -Educación Media Básica. 3 años
3 -Educación Media Superior. 3 años (obligatoria)
i) bachilleratos generales
ii) bachilleratos tecnológicos
iii) bachilleratos de formación técnica y profesional principalmente orientada a la inserción laboral.
4 - a) Educación Terciaria
i) cursos técnicos no universitarios
ii) tecnicaturas
iii) educación tecnológica superior
Títulos de grado y posgrado en enseñanza, investigación y extensión
b) Formación en educación con carácter universitario. (Maestros, profesores, profesores de educación física, educadores sociales)
c) Educación terciaria Universitaria (carreras de grado)
5- Educación de posgrado
(Especialización, maestría y doctorado)
- Será un órgano desconcentrado de carácter privativo dentro del Ministerio de Educación y Cultura.
- Lo dirigirá una comisión de 5 miembros designada por el Poder Ejecutivo propuestos por el MEC, dos la ANEP, la Udelar y las instituciones de educación privada.
- Su cometido será evaluar la calidad de la educación nacional a través de estudios específicos e investigaciones. Deberá rendir cuentas a la sociedad del grado de cumplimiento de las metas educativas. Deberá brindar un informe bianual.
- Tendrá un Director Ejecutivo, designado por el Poder Ejecutivo previo concurso abierto de oposición y méritos.
III) Instituto Nacional de Evaluación Educativa
Alumnas grávidas. Las alumnas en estado de gravidez tendrán derecho a continuar sus estudios en su centro educativo, a recibir apoyo educativo específico y tendrán justificadas las inasistencias pre y post parto.