PÉRDIDAS
“En base a la evidencia del informe de Price está documentado que el proyecto no era viable desde su inicio”, recalcó la presidenta del ente, Silvia Emaldi.
La presidenta de UTE, Silvia Emaldi, y el abogado penalista Jorge Barrera presentaron este viernes en el Juzgado Especializado de Crimen Organizado una denuncia penal para que se investiguen eventuales irregulares en las inversiones y gastos de la empresa Gas Sayago .
“En base a la evidencia del informe de Price (la consultora PricewaterhouseCoopers) está documentado que el proyecto no era viable desde su inicio y que hubo cuatro instancias clave en que el proyecto pudo detenerse”, dijo Emaldi a la prensa en el momento de la entrega de la denuncia.
La jerarca detalló esas cuatro instancias. La primera fue cuando Argentina en 2012 dejó claro que no participaría en el proyecto. La segunda, cuando en 2015 el contratista principal abandona la obra por incumplimiento y paga garantía de 100 millones de dólares.
La tercera, marcó, fue “cuando habiendo fracasado el contratista principal y meses después también las obras del dragado y el gasoducto, se siguen contratando consultoras para reformular el proyecto”. Y la cuarta fue cuando “se intenta buscar un socio y se acerca Shell a las conversaciones y finalmente se desvincula”.
Además, señaló que “como está en la evidencia del informe de Price, la demanda local no justificaba la existencia de ese proyecto con esos volúmenes”.
Emaldi dijo que estos y otros hechos están “detectados y detallados” en el informe de Price, que tiene 600 páginas.
Por su parte, el abogado Jorge Barrera dijo que en el proyecto de regasificadora hubo un “perjuicio económico grave” para el Estado con fondos públicos por la “sucesión de actos arbitrarios” que se pudieron haber interrumpido en el proceso de la obra.
Según el profesional, la auditoría sobre los gastos e inversiones de la empresa Gas Sayago, encargado a la PwC, encontró “hechos con apariencia delictiva”.
“Sumado el perjuicio económico, la sucesión de actos arbitrarios y los hechos de apariencia delictiva, por imperio del artículo 177 del Código Penal, la UTE tenía la obligación de realizar la denuncia penal porque si no incurría en omisión”, afirmó el penalista.